ENMIENDA N° 1 AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CALLE LARGA
Núm. 535 exento.- Calle Larga, 13 de mayo de 2022.
Vistos:
El Memorándum DOM N° 01/2021, de fecha 05/07/2021, del Director de Obras Municipales a la Alcaldesa, solicitando autorización para iniciar el proceso de aprobación de la Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el decreto exento N° 666, de fecha 20/07/2021, que autoriza dar inicio al proceso de aprobación de la Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el Acta N° 1 de la Comisión Territorial del Concejo Municipal de Calle Larga, de fecha 11/03/2021; la Memoria Explicativa de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Calle Larga; la Carta Certificada, de fecha diciembre de 2021, mediante la cual la Alcaldesa informa a las Dirigentas y Dirigentes vecinales y territoriales acerca de las principales características de la propuesta de Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el Certificado sin número, de fecha 11/01/2022, del Director del Diario Electrónico Los Andes Online, indicando que con fecha 23 y 30 de diciembre de 2021, fueron publicados los llamados a Participación de Consulta Pública por la Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el Certificado sin número y sin fecha, del Director de Radio Calle Larga, indicando que mediante spot radiales se informó a la comunidad sobre la realización del primer y segundo período de Audiencia Pública y sobre el período para formular observaciones a la Enmienda propuesta; el Certificado sin número y sin fecha, de la periodista y profesional de la Oficina de Comunicaciones de la Municipalidad de Calle Larga, indicando que los antecedentes técnicos de la propuesta de Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Calle Larga, estuvieron disponibles al público, a partir del 7 de enero de 2022, en la página web www.municallelarga.cl; el Certificado N° 05/2022 del Secretario Municipal, de fecha 18/03/2022, indicando que se realizaron las Audiencias Públicas, en el marco del proceso de aprobación de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el Certificado N° 02/2022 del Secretario Municipal, de fecha 07/03/2022, indicando que se realizaron las sesiones del Consejo de la Sociedad Civil, en el marco del proceso de aprobación de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el Certificado DOM N° 02-2022 del Director de Obras Municipales, de fecha 09/03/2022, indicando que se expuso el proyecto de Enmienda a la comunidad, en el marco del proceso de aprobación de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el Acta N° 2 de la Comisión Territorial del Concejo Municipal de Calle Larga, de fecha 08/03/2022; el Certificado N° 03/2022 del Secretario Municipal, de fecha 07/03/2022, indicando la aprobación de la Enmienda N° 1 del Plan Regulador Comunal de Calle Larga por el Concejo Municipal; el decreto exento N° 218, de fecha 25/02/2014, que promulga el proyecto aprobado de Actualización del Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el decreto N° 142, de fecha 07/09/1984, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba el Plan Regulador Comunal de Calle Larga; el DFL N° 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones; el DS N° 47, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones; y en uso de las facultades que me confiere el DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
Considerando:
1. Lo indicado en el artículo 45° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y en el artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
2. La aprobación, por unanimidad del Concejo Municipal, de la propuesta de Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Calle Larga, en Sesión N° 8, de fecha 10 de marzo de 2022.
Decreto:
1.- Déjese establecido que el expediente de la propuesta de Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Calle Larga, aprobada por acuerdo adoptado por el Concejo Municipal en Sesión N° 8, de fecha 10 de marzo de 2022, está conformado por los siguientes documentos:
1. Memoria Explicativa.
2. Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Calle Larga, modificada por la Enmienda N° 1.
2.- Promúlguese la propuesta aprobada de Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Calle Larga, cuyo texto es el siguiente:
ENMIENDA N° 1 AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CALLE LARGA
La Enmienda N° 1 modifica los artículos 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la Ordenanza Local del Plan Regular Comunal de Calle Larga, incrementando la densidad bruta máxima en un 20% para las siguientes zonas urbanas:
. ZU-C Zona Mixta Cívico Comercial.
. ZU-2 Zona Mixta Residencial 2.
. ZU-2A Zona Mixta Residencial 2A.
. ZU-3 Zona Mixta Residencial 3.
. ZU-3A Zona Mixta Residencial 3A.
. ZU-4 Zona Mixta Residencial 4.
. ZU-5 Zona Mixta Residencial 5.
. ZU-6 Zona Mixta Residencial 6.
Las modificaciones a la Ordenanza Local son las siguientes:
Artículo 9 ZU-C ZONA MIXTA CÍVICO COMERCIAL
Donde dice: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 90, debe decir: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 108. Quedando de la siguiente manera:

Artículo 11 ZU-2 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 2.
Donde dice: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 75, debe decir: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 90. Quedando de la siguiente manera:

Artículo 12 ZU-2A ZONA MIXTA RESIDENCIAL 2A.
Donde dice: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 90, debe decir: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 108. Quedando de la siguiente manera:

Artículo 13 ZU-3 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 3.
Donde dice: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 60, debe decir: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 72. Quedando de la siguiente manera:

Artículo 14 ZU-3A ZONA MIXTA RESIDENCIAL 3A.
Donde dice: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 72, debe decir: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 86. Quedando de la siguiente manera:

Artículo 15 ZU-4 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 4.
Donde dice: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 16, debe decir: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 19. Quedando de la siguiente manera:

Artículo 16 ZU-5 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 5.
Donde dice: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 60, debe decir: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 72. Quedando de la siguiente manera:

Artículo 17 ZU-6 ZONA MIXTA RESIDENCIAL 6.
Donde dice: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 72, debe decir: Densidad Bruta Máxima (Hab./Há.) 86. Quedando de la siguiente manera:

3.- Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la República de Chile.
4.- Archívese el presente decreto, la Memoria Explicativa de la Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal y la Ordenanza Local, modificada por la Enmienda N° 1, en el Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la Seremi de Vivienda y Urbanismo Región de Valparaíso y en nuestra Municipalidad.
Anótese, comuníquese y archívese.- Dina González Alfaro, Alcaldesa.- Gustavo Vásquez Rodríguez, Secretario Municipal.