REEMPLAZA A BENEFICIARIOS QUE INDICA DE LA NÓMINA CONTENIDA EN LAS RESOLUCIONES EXENTAS Nº 528 DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2019 Y Nº 500 DE FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020 DE ESTA SEREMI, AL TENOR DE LO SOLICITADO POR SERVIU MEDIANTE ORD. Nº 1006/2022

    Núm. 270 exenta.- Antofagasta, 27 de mayo de 2022.
     
    Visto:
     
    1.- Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido mediante DFL Nº 1/19.653, de 2000.
    2.- La Ley 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    3.- El DL Nº 1.305, de 1975, que Reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    4.- El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que Aprueba el Reglamento del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
    5.- La resolución exenta Nº 1.142, de fecha 16 de mayo de 2019, del Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, mediante el cual otorga subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conforme al artículo 27 del DS 49 (V. y U.), de 2011, a 175 integrantes del registro de campamentos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo pertenecientes al campamento "Frei Bonn" de la comuna de Calama, Región de Antofagasta.
    6.- La resolución exenta Nº 528, de fecha 10 de septiembre de 2019, emitida por esta Seremi Minvu que aprueba nómina de beneficiarios de asignación directa de subsidio programa Fondo Solidario Elección de Vivienda del DS 49 (V. y U.), de 2011, a integrantes campamento Frei Bonn de la comuna de Calama al tenor de lo instruido mediante resolución exenta Nº 1.142, de 16 de mayo de 2019, del Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, rectificada y complementada por la resolución exenta 533, de fecha 11.09 2021.
    7.- La resolución exenta Nº 500, de fecha 30 de septiembre de 2020, que reemplaza a beneficiarios que indica de la nómina contenida en la resolución exenta Nº 528, de fecha 10 de septiembre de 2019, de esta Seremi, al tenor de lo solicitado por Serviu mediante Ord. Nº 2.189/2020.
    8.- La resolución exenta Nº 488, de fecha 25 de agosto de 2021, emitida por esta Seremi Minvu, mediante la cual se aprueba nómina de beneficiarios de asignación directa de subsidio programa Fondo Solidario Elección de Vivienda del DS 49 (V. y U.), de 2011, a integrantes campamento Frei Bonn de la comuna de Calama.
    9.- La resolución exenta Nº 596, de fecha 26 de octubre de 2021, que reemplaza a beneficiario que indica de la nómina contenida en la resolución exenta Nº 500, de fecha 30 de septiembre de 2020, de esta Seremi, al tenor de lo solicitado por Serviu mediante Ord. Nº 2352/2021.
    10.- La resolución exenta Nº 56, de fecha 27 de enero de 2022, que complementa la resolución exenta Nº 488, de fecha 25 de agosto de 2021 y reemplaza beneficiarios que indica al tenor de lo solicitado por Serviu mediante sus Ords. Nºs 3450 y 3455 del año 2021.
    11.- La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    12.- Las facultades que me confiere el decreto supremo Nº 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    13.- El artículo 62 inciso final del DFL 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en concordancia con el artículo 16 de la Ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto fuera fijado por el DFL Nº 29, del año 2004, el cual dispone la validez de las actuaciones efectuadas entre la asunción al cargo y la total tramitación del decreto de nombramiento, asumiendo en propiedad el cargo de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo a partir del 4 de abril de 2022.
     
    Considerando:
     
    1.- El Ord. Serviu Nº 1006, de fecha 29 de abril de 2022, que solicita el reemplazo de 2 beneficiarios; doña Catherine Rentería Cuama y don Eliseo Colque Limache; seleccionados según resolución exenta Nº 528, de fecha 10 de septiembre de 2019 y Nº 500, de fecha 30 de septiembre de 2020 en el siguiente tenor:
    2.- Que el motivo del remplazo de don Eliseo Colque obedece a su alejamiento del hogar común por denuncia en su contra por parte de su conviviente, respecto de hechos cuya naturaleza admiten reserva en cuanto a su exposición, pero tenidos a la vista para la debida consideración. Atenida esta situación su conviviente doña Clara Condori, cambia su composición del grupo familiar asumiendo como Jefa de Hogar, cumpliendo por cierto los requisitos para el otorgamiento de subsidio.
    3.- Que el reemplazo de doña Caterine Rentería obedece a su inasistencia a las actividades de la etapa de la organización de la demanda y etapa ejecución del RAS (construcción proyecto) de los beneficiarios del proyecto Jardines del Sur, lo que pudo contrastarse con las nóminas de asistencias a las actividades remitidas por la Entidad Patrocinante a cargo Gestora Más Hogar.
    4.- Que los antecedentes de las familias solicitantes y reemplazantes fueron ingresados al módulo Asignación Directa del Sistema Umbral, con el número de solicitud 27125.
    5.- Que resulta necesario acceder a la solicitud Serviu, dictando el acto administrativo que regularice lo solicitado.
     
    Resuelvo:


    I.- Elimínese de la nómina de beneficiarios contenida en la resolución exenta Nº 528, de fecha 10 de septiembre de 2019 y Nº 500, de fecha 30 de septiembre de 2020, a los beneficiarios doña Caterine Rentería Cuama, RUT 25.687.127-0 y a don Eliseo Colque Limache, RUT Nº 24.449.464-1.
    II.- Reemplácese a los beneficiarios eliminados por doña Cinthia Nayareth Lizama Alquinta, RUT Nº 19.144.839-1 y doña Clara Condori Canaviri, RUT Nº 24.419.662-4.
    III.- Téngase presente que el ahorro requerido será el establecido en el Art. 37 del DS 49 (V. y U.), de 2011; no obstante, las beneficiarias ingresadas como reemplazo, podrán no acreditar ahorro, pudiendo enterar las 10 UF al 17 de junio de 2022.
    IV.- Téngase presente que las nuevas beneficiarias deberán cumplir con las condiciones establecidas en la resolución exenta Nº 1.142, de fecha 16 de mayo de 2019, del Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    V.- Publíquese el presente acto administrativo en el Diario Oficial, sin perjuicio de su difusión a través de periódico de circulación regional u otro medio de comunicación pública por parte de Serviu Antofagasta.
    VI.- Notifíquese el presente acto administrativo a la División de Política Habitacional del Minvu.
     

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Contreras Gutiérrez, Secretario Regional Ministerial Minvu Región de Antofagasta.