1. Suspéndase por seis (6) meses el plazo de cancelación de la inscripción del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de aquellos vehículos cuya antigüedad, tanto de 16 como de 18 años, se cumplió inicialmente el 31 de diciembre de 2021, y cuya cancelación fue suspendida por un (1) año, mediante la resolución exenta N° 1.257 de 2021, lo anterior con excepción de aquellos que cumplen 22 años de antigüedad al 31 de diciembre de 2022.
    2. Prorrógase por seis (6) meses la vigencia de los certificados de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares emitidos respecto de los vehículos señalados en el Resuelvo 1° de la presente resolución. En consecuencia, los certificados antes mencionados se mantendrán vigentes hasta el día el 30 de junio de 2023.
    3. Suspéndase por un (1) año el plazo de cancelación de la inscripción del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de aquellos vehículos cuya antigüedad, tanto de 16 como de 18 años, se cumple al 31 de diciembre de 2022, con excepción de aquellos que cumplen 22 años de antigüedad al 31 de diciembre de 2022.
    4. Prorrógase por un (1) año la vigencia de los certificados de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares emitidos respecto de los vehículos que deberán cancelarse, por cumplirse la antigüedad de 16 y 18 años, del mencionado Registro, al 31 de diciembre de 2022. En consecuencia, los certificados antes mencionados se mantendrán vigentes hasta el día 31 de diciembre del año 2023.
    5. Comuníquese la presente resolución a las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones del país.
     





NOTA
      La Resolución 870 Exenta, Transportes, publicada el 21.03.2023, modifica la presente norma de la siguiente manera: el numeral 1 suspende por seis meses el plazo de cancelación de la inscripción del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de aquellos vehículos que indica y respectivas excepciones; el numeral 2 prorroga por seis meses la vigencia de los certificados de inscripción del mencionado Registro, emitidos respecto de los vehículos señalados en el Resuelvo 1° de citada resolución, en consecuencia manteniéndose vigentes hasta el 31 de diciembre del año 2023.
NOTA 1
      La Resolución 3465 Exenta, Transportes, publicada el 07.09.2023, modifica la presente norma de la siguiente manera: el numeral 1 suspende por un año el plazo de cancelación de la inscripción del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de aquellos vehículos indica y respectivas excepciones; el numeral 2 prorroga por un año la vigencia de los certificados de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares emitidos respecto de los vehículos que indica, en consecuencia estos certificados se mantendrán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024; el numeral 3 suspende por un año el plazo de cancelación de la inscripción del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de aquellos vehículos que indica y excepciones respectivas; el numeral 4 prorroga por un año la vigencia de los certificados de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares emitidos respecto de los vehículos que indica, en consecuencia estos certificados se mantendrán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2024; el numeral 5 suspende por un año el plazo de cancelación de la inscripción del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares de aquellos vehículos que indica y respectivas excepciones; y el numeral 6 prorroga por un año la vigencia de los certificados de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares emitidos respecto de los vehículos que indica, en consecuencia estos certificados se mantendrán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025.