Artículo segundo: Apruébese las condiciones de admisión a los cupos garantizados y vacantes en la Educación Superior Subsistema Universitario por el Programa de Acceso a la Educación Superior, "PACE", para el Proceso de Admisión 2023, que se señalan a continuación:
a. Los estudiantes que egresen de Educación Media el año 2022 y que cumplan con los criterios de prehabilitación y habilitación del Programa PACE establecidos en el artículo primero precedente, podrán matricularse haciendo uso de los cupos garantizados en los programas regulares modalidad presencial en jornada diurna y vespertina de los distintos niveles en las universidades en convenio, siempre que resulten seleccionados. Este cupo podrá utilizarse por única vez, ya sea para el proceso de admisión 2023 o 2024. EntendiéndoseResolución 4673 EXENTA,
EDUCACIÓN
Art. primero
D.O. 27.09.2022 como uso del cupo concretar una matrícula, por parte de un(a) estudiante habilitado(a), en alguna institución adscrita al Programa, independiente de su vía de ingreso.
EDUCACIÓN
Art. primero
D.O. 27.09.2022 como uso del cupo concretar una matrícula, por parte de un(a) estudiante habilitado(a), en alguna institución adscrita al Programa, independiente de su vía de ingreso.
b. Los factores de selección que deberán utilizarse para calcular el Puntaje Ponderado PACE (PPP), a fin de asignar los cupos garantizados por las universidades en convenio para el Proceso de Admisión 2023, son los siguientes:
1. Puntaje Ranking de notas del estudiante, ponderado al 80%.
2. Puntaje Notas de Enseñanza Media, ponderado al 20%.
3. Bonificación por territorio, consistente en una bonificación por la zona donde se ubica la Institución de educación superior que imparte la carrera o el programa al que postula el estudiante. Se aplicará un 7% de bonificación en el caso que el estudiante postule a una carrera o programa impartido en la misma región del establecimiento educacional de egreso, y un 3,5% si el estudiante postula a una carrera o programa impartido en otra de las regiones pertenecientes a la misma zona de egreso de aquella en que se ubica su establecimiento educacional de egreso, de acuerdo con la siguiente tabla:

Excepcionalmente para la admisión 2023, los estudiantes egresados de establecimientos educacionales participantes en el programa PACE en las regiones de Coquimbo, del Libertador Bernardo O'Higgins, de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y de Ñuble, también recibirán un 7% de bonificación si postulan a una carrera o programa impartido por la institución que los acompañó al momento de su egreso de la Educación Media, siempre que esta carrera o programa se dicte en la región donde dicha institución tiene ubicada su casa central.
4. Bonificación por preferencia de postulación, consistente en la entrega de un bono adicional según el orden de preferencia de las carreras o programas a los que postula cada estudiante, de acuerdo con la siguiente tabla:
Orden prefResolución 4673 EXENTA,
EDUCACIÓN
Art. primero
D.O. 27.09.2022erencia
EDUCACIÓN
Art. primero
D.O. 27.09.2022erencia
de postulación Bonificación
1 25 puntos
2 24 puntos
3 23 puntos
4 22 puntos
5 21 puntos
6 20 puntos
7 19 puntos
8 18 puntos
9 17 puntos
10 16 puntos
11 15 puntos
12 14 puntos
13 13 puntos
14 11 puntos
15 9 puntos
16 7 puntos
17 5 puntos
18 3 puntos
19 1 punto
20 0 punto
c. El Puntaje Ponderado PACE (PPP) deberá calcularse de acuerdo con la fórmula que se expresa en la ecuación que se transcribe a continuación, debiendo calcularse hasta el cuarto decimal:
PPP = (0,8 . Puntaje Ranking + 0,2 . Puntaje NEM) . (1 + Bonif territorio) + Bonif preferencia
d. En caso de que 2 o más postulantes obtengan el mismo Puntaje Ponderado PACE (hasta en el cuarto decimal inclusive) y postulen a la misma carrera o programa e Institución de Educación Superior, el desempate deberá dirimirse aplicando, en forma sucesiva y hasta la resolución de este, las reglas que se señalan a continuación en el orden señalado:
1. Preferencia de postulación: se seleccionará al estudiante que haya postulado a la carrera, en base al orden de preferencia de postulación realizado.
2. Institución de Educación Superior PACE: si aún persiste empate, se seleccionará al estudiante que postule a la misma institución que acompañó a su establecimiento de egreso.
3. Puntaje Ranking de Notas: si aún persiste empate, se seleccionará al estudiante con mayor puntaje Ranking.
4. Puntaje Notas de Enseñanza Media (NEM): si aún persiste empate, se seleccionará al estudiante con mayor puntaje NEM.
5. Índice de Vulnerabilidad del Establecimiento (IVE) 2022: si aún persiste empate, se seleccionará al estudiante que haya egresado de un establecimiento educacional con mayor Índice de Vulnerabilidad.
6. Número aleatorio: si aún persiste empate, se seleccionará al estudiante en virtud de la asignación de un número aleatorio sin repetición, generado uniformemente entre cero y uno, para los postulantes a cada carrera.
En caso de producirse rectificaciones a las notas y, por consiguiente, en los puntajes ranking, durante los periodos de verificación de notas y de resultados de selección, o cualquiera otra situación que no sea atribuible a la acción u omisión del estudiante, y que provoque cambios en la situación de prehabilitación o habilitación de un estudiante, se deberá considerar igualmente como prehabilitados o habilitados, según corresponda, a quienes se les informó que cumplieron con los criterios de prehabilitación o habilitación del programa, al momento en que se realice la publicación de los resultados oficiales de la aplicación regular de las Pruebas de Admisión a la Educación Superior del proceso de admisión 2023.