ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN PARVULARIA Y DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 321 EXENTO, DE 2021, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
    Núm. 487 exento.- Santiago, 10 de junio de 2022.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en los artículos N° 32 y N° 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en la Ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública y sus posteriores modificaciones; en la Ley N° 20.835, que Crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Intendencia de Educación Parvularia y modifica Diversos Cuerpos Legales; en el decreto exento N° 321, de 2021, del Ministerio de Educación, y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
     
    Considerando:
     
    1. Que, mediante decreto exento N° 321, de 29 de abril de 2021, del Ministerio de Educación, se estableció el nuevo orden de subrogación para el cargo de Subsecretaria(o) de Educación Parvularia y se dejó sin efecto el decreto exento N° 251, de 2020.
    2. Que, a través del citado decreto exento, se estableció el siguiente orden de subrogación para el cargo de Subsecretario(a) de Educación Parvularia:
     
    1. Jefe(a) de Gabinete.
    2. Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas.
    3. Jefe(a) de la División de Políticas Educativas.
    4. Jefe(a) de la División Jurídica.
    5. Encargado(a) Unidad de Comunicaciones.
     
    3. Que, a fin de asegurar el correcto funcionamiento de la Subsecretaría de Educación Parvularia, se hace necesario establecer un nuevo orden de subrogación para el cargo de Subsecretaria(o) de Educación Parvularia, que opere en caso de ausencia o impedimento del titular.
     
    Decreto:

     
    Primero: Fíjase, a contar del 11 de abril de 2022, el siguiente orden de subrogación para el cargo de Subsecretaria(o) de Educación Parvularia, en el caso que el o la titular de este no se encuentre desempeñando esa función efectivamente, en el siguiente orden de precedencia:
     
    1. Jefe(a) de la División de Políticas Educativas.
    2. Jefe(a) de la División Jurídica.
    3. Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas.

    Segundo: Déjase sin efecto el decreto exento N° 321, de 29 de abril de 2021, del Ministerio de Educación, que estableció nuevo orden de subrogación para el cargo de Subsecretaria(o) de Educación Parvularia y dejó sin efecto el decreto exento N° 251, de 2020, de este Ministerio.


    Tercero: Por razones de buen servicio, la presente orden de subrogación se hará efectiva a contar del 11 de abril de 2022, sin esperar la total tramitación de este acto administrativo.

    Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Marco Antonio Ávila Lavanal, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- María Isabel Díaz Pérez, Subsecretaria de Educación Parvularia.