DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN EL/LA FUNCIONARIO/A QUE SEÑALA
    Núm. 2.631 exenta.- Santiago, 10 de junio de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley N° 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija la planta de personal de la Subsecretaría de Educación Superior, determinó la fecha de entrada en funcionamiento y reguló otras materias; en el decreto supremo N° 68, de 2022, de Educación; y, en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón de las materias de personal que se indican; y,
     
    Considerando:
     
    1° Que, conforme lo indica DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ésta debe desempeñar su función acorde a los principios de eficiencia, eficacia y celeridad, entre otros, de manera que las solicitudes sometidas a su conocimiento sean de rápido despacho, procurando cumplir con una gestión correcta y oportuna, de acuerdo a los fines de esta Secretaría de Estado;
    2° Que, en cumplimiento de los principios antes señalados, se ha estimado necesario delegar las facultades que a continuación se indican y que corresponden a esta Autoridad, en el/la Jefe/a de la División Jurídica de la Subsecretaría de Educación Superior, o quien le subrogue;
     
    Resuelvo:

    Artículo primero. Deléganse en el/la Jefe/a de la División Jurídica de la Subsecretaría de Educación Superior, del Ministerio de Educación, o quien le subrogue, las facultades que a continuación se detallan:
     
    a. Comparecer en representación de el/la Subsecretario/a de Educación Superior, en los recursos de protección que se intenten en contra de la Subsecretaría de Educación Superior, o en aquellos en que se tenga interés.
    b. Suscribir informes, presentaciones y solicitudes relativas a la tramitación de asuntos de la Subsecretaría de Educación Superior ante la Contraloría General de la República.
    c. Suscribir todo tipo de presentaciones ante los Tribunales de Justicia y/o entidades fiscalizadoras de la Administración del Estado, en materias legales y/o procesos judiciales que afecten a la institución.
     

    Artículo segundo. Las resoluciones a que se refiere la presente delegación se firmarán bajo la fórmula "Por orden de el/la Subsecretario/a de Educación Superior".
     

    Artículo tercero. La responsabilidad por las decisiones administrativas que se adopten por las actuaciones que se ejecuten en virtud de la presente delegación, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 41, del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y en todo lo previsto por la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Verónica Figueroa Huencho, Subsecretaria de Educación Superior.