MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 191 EXENTA, DEL 5 DE FEBRERO DE 2021, QUE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FUNCIONES Y DELEGACIÓN DE FIRMA Y FACULTADES DE LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE
    Núm. 1.202 exenta.- Santiago, 30 de mayo de 2022.
     
    Vistos:
     
    La providencia interna N° 1057, de 17 de mayo de 2022, del Jefe Asesoría Jurídica; la providencia Nº 686-A, de 13 de mayo de 2022, de Dirección; el memorándum N° 139/2022, de la Jefa del Depto. Nacional y de Referencia en Salud Ambiental; la resolución exenta N° 191, del 5 de febrero de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile y deja sin efecto la resolución que indica, y
     
    Considerando:
     
    Primero: Que, a través de la resolución exenta Nº 191, del 5 de febrero de 2021, este Instituto ha determinado su nueva estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades, la que fuera modificada con posterioridad a través de la dictación de la resolución exenta N° 13, del 5 de enero de 2022.
    Segundo: Que, por medio del memorándum N° 139/2021, la Jefa del Depto. Nacional y de Referencia en Salud Ambiental ha informado sobre la necesidad de modificar nuevamente la estructura orgánica de dicho departamento. Además, se ha tomado conocimiento de otros cambios necesarios de implementar en la Unidad de Asesoría Jurídica y en el Departamento Agencia Nacional de Medicamentos.
    Tercero: Que, en razón de lo antes indicado, resulta del todo procedente modificar la resolución exenta N° 191, lo que se oficializará a continuación, y
     
    Teniendo presente:
     
    Lo dispuesto en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y Nº 18.469; el decreto supremo Nº 1.222, del año 1996, que aprueba el reglamento del Instituto de Salud Pública de Chile; la resolución Nº 6, del año 2019, de la Contraloría General de la República, y las facultades que me confiere el decreto supremo N° 51, del año 2020, del Ministerio de Salud, dicto la siguiente:
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 191, del 5 de febrero de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile, en los términos que se indican a continuación.
     
    2. Reemplázase en el número 2.2.2, relativo a las funciones de la Unidad de Asesoría Jurídica, la letra e) por una nueva del siguiente tenor:
     
    "e) Asumir la defensa del Instituto en los juicios en que sea parte o en los asuntos en que tenga interés ante los tribunales de justicia o el Ministerio Público, con excepción de las facultades que en esta materia tenga el Subdepto. Gestión Financiera".
     
    3. En el número 6. de la parte resolutiva, referente a la delegación de firmas de la jefatura del Depto. Agencia Nacional de Medicamentos, agréganse dos nuevas letras i) y j), del siguiente tenor:
     
    "i) Suscribir los oficios a terceros relacionados con el control de serie y control de estantería.
    j) Resolver las presentaciones relativas a la obligación de entregar los informes periódicos de seguridad y plan de manejo de riesgo, así como lo solicitud de modificación de los mismos".
     
    4. Reemplázase el número 9.4, correspondiente al Subdepartamento de Producción de Insumos Especiales de Laboratorio, por un número nuevo del siguiente tenor:
     
    9.4 Subdepartamento de Producción de Insumos Especiales de Laboratorio, el que estará compuesto de las siguientes Secciones, que tendrán las funciones que a continuación se indican:
     
    9.4.1 Centro Productor Bioterio Santiago:
     
    a) Producir reactivos biológicos de la familia de CF1 y otras especies afines, para uso de los laboratorios de la institución, del sistema de vigilancia en salud pública y clientes externos.
     
    9.4.2 Centro Productor Bioterio Chena:
     
    a) Producir reactivos biológicos diferentes de CF1, huevos fértiles y embrionados, sangre y hemoderivados para uso de los laboratorios de la institución, del sistema de vigilancia en salud pública y clientes externos.
     
    9.4.3 Medios de Cultivo:
     
    a) Producir medios de cultivo y soluciones especializadas en el área biológica y microbiológica que permiten la ejecución de las funciones de los laboratorios del Instituto.
     
    5. Téngase presente que, en todo lo no modificado por este acto administrativo, rige plenamente la resolución exenta N° 191, del año 2021.
     

    Anótese, comuníquese y publíquese su texto completo en la página web institucional y en el Diario Oficial.- Heriberto García Escorza, Director (S), Instituto de Salud Pública de Chile.