1. Modifícase la resolución exenta Nº 191, del 5 de febrero de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile, en los términos que se indican a continuación.
     
    2. Reemplázase en el número 2.2.2, relativo a las funciones de la Unidad de Asesoría Jurídica, la letra e) por una nueva del siguiente tenor:
     
    "e) Asumir la defensa del Instituto en los juicios en que sea parte o en los asuntos en que tenga interés ante los tribunales de justicia o el Ministerio Público, con excepción de las facultades que en esta materia tenga el Subdepto. Gestión Financiera".
     
    3. En el número 6. de la parte resolutiva, referente a la delegación de firmas de la jefatura del Depto. Agencia Nacional de Medicamentos, agréganse dos nuevas letras i) y j), del siguiente tenor:
     
    "i) Suscribir los oficios a terceros relacionados con el control de serie y control de estantería.
    j) Resolver las presentaciones relativas a la obligación de entregar los informes periódicos de seguridad y plan de manejo de riesgo, así como lo solicitud de modificación de los mismos".
     
    4. Reemplázase el número 9.4, correspondiente al Subdepartamento de Producción de Insumos Especiales de Laboratorio, por un número nuevo del siguiente tenor:
     
    9.4 Subdepartamento de Producción de Insumos Especiales de Laboratorio, el que estará compuesto de las siguientes Secciones, que tendrán las funciones que a continuación se indican:
     
    9.4.1 Centro Productor Bioterio Santiago:
     
    a) Producir reactivos biológicos de la familia de CF1 y otras especies afines, para uso de los laboratorios de la institución, del sistema de vigilancia en salud pública y clientes externos.
     
    9.4.2 Centro Productor Bioterio Chena:
     
    a) Producir reactivos biológicos diferentes de CF1, huevos fértiles y embrionados, sangre y hemoderivados para uso de los laboratorios de la institución, del sistema de vigilancia en salud pública y clientes externos.
     
    9.4.3 Medios de Cultivo:
     
    a) Producir medios de cultivo y soluciones especializadas en el área biológica y microbiológica que permiten la ejecución de las funciones de los laboratorios del Instituto.
     
    5. Téngase presente que, en todo lo no modificado por este acto administrativo, rige plenamente la resolución exenta N° 191, del año 2021.