FIJA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO, Y DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 49 EXENTO, DE 2020, DE ESTA CARTERA MINISTERIAL
Núm. DEXE202000045 exento.- Santiago, Rectificación 2454
D.O. 11.07.202217 de agosto de 2020.
D.O. 11.07.202217 de agosto de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en adelante Estatuto Administrativo; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto exento Nº 49, de 2020, de esta cartera Ministerial, y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de República.
Considerando:
1. Que, dada la facultad contemplada en el artículo 1, Capítulo 1, Nº 22, del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que delega en los Ministros de Estado la facultad de suscribir, bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", los decretos supremos que establezcan o modifiquen el orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza.
2. Que, es necesario actualizar el orden de subrogación para el cargo de Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño.
Decreto:
Artículo primero: Fíjase, a contar de la fecha de promulgación del presente decreto, en caso de ausencia o impedimento del titular del cargo de Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, el siguiente orden de subrogación:
1.- Primera subrogancia : Jefe/a de la División de Empresas de Menor Tamaño de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño.
2.- Segunda subrogancia : Jefe/a de la División Jurídica, de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño.
3.- Tercera subrogancia : Secretario/a Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de la Región Metropolitana.
Artículo segundo: Se deja expresa constancia de que el subrogante que corresponda, en caso de ser necesario y por razones de buen servicio, asumirá sus funciones a contar de la fecha del presente acto administrativo, sin esperar su total tramitación.
Artículo tercero: Déjase sin efecto el decreto exento Nº 49, de 9 de marzo de 2020, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Anótese, regístrese, comuníquese a la Dirección Nacional del Servicio Civil y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Lucas Palacios Covarrubias, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.