MODIFICA LAS RESOLUCIONES Nº 399, 403 Y 412 EXENTAS (V. Y U.), TODAS DE 2022, QUE LLAMAN A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN LAS REGIONES QUE INDICA, RESPECTIVAMENTE, EN EL SENTIDO QUE SEÑALA
 
    Santiago, 30 de junio de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 806 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) La ley Nº 19.880, de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;
    b) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    c) La resolución exenta Nº 399 (V. y U.), de fecha 10 de marzo de 2022, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que indica;
    d) La resolución exenta Nº 403 (V. y U.), de fecha 10 de marzo de 2022, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que indica;
    e) La resolución exenta Nº 412 (V. y U.), de fecha 10 de marzo de 2022, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones de Valparaíso, Biobío y Metropolitana;
    f) La resolución exenta Nº 800 (V. y U.), de fecha 29 de junio de 2022, que modifica las resoluciones exentas Nºs. 399, 403 y 412 (V. y U.), todas de 2022.
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante las resoluciones exentas citadas en los vistos c), d) y e) se realizaron llamados a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en diferentes regiones del país.
    b) Que, mediante la resolución exenta Nº 800, citada en el visto f), se incorporó el 2 de julio y el 27 de octubre, ambos de 2022, como nuevas fechas de cierre a los llamados a concurso efectuados por las resoluciones exentas Nºs. 399, 403 y 412, todas de 2022, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    c) Que, se han recibido diversas consultas respecto a la fecha de cierre de los llamados a concurso efectuados por las resoluciones indicadas en los Visto c), d) y e), del día sábado 2 de julio de 2022;
    d) Que, se hace necesario contar con el soporte administrativo adecuado, que asegure el correcto ingreso de los proyectos que cumplan con todos los requisitos;
    e) Los correos electrónicos de fecha 30 de junio de 2022, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y la Jefa de la División Jurídica (S), respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 399 (V. y U.), de 2022, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 1. la frase "los días 5 de mayo, 2 de julio, 25 de agosto, 27 de octubre y 15 de diciembre" por "los días 5 de mayo, 5 de julio, 28 de julio, 25 de agosto, 27 de octubre y 15 de diciembre".
    2. Modifícase la resolución exenta Nº 403 (V. y U.), de 2022, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 1. la frase "los días 5 de mayo, 2 de julio, 25 de agosto, 27 de octubre y 15 de diciembre" por "los días 5 de mayo, 5 de julio, 28 de julio, 25 de agosto, 27 de octubre y 15 de diciembre".
    3. Modifícase la resolución exenta Nº 412 (V. y U.), de 2022, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 1. la frase "los días 5 de mayo, 2 de julio, 25 de agosto, 27 de octubre y 15 de diciembre" por "los días 5 de mayo, 5 de julio, 28 de julio, 25 de agosto, 27 de octubre y 15 de diciembre".
    4. Establécese que las resoluciones exentas Nºs. 399, 403 y 412 (V. y U.), de 2022, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.


    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.