DISPONE REMATE EN SUBASTA PÚBLICA DE BIENES QUE INDICA
    Núm. 878.- Chaitén, 5 de julio de 2022.
     
    Vistos:
     
    Estos antecedentes:
     
    a) En uso de las facultades conferidas por la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el DFL N 1 de 2016.
    b) Lo dispuesto en el artículo 48 de la ley N° 19.880, sobre procedimientos administrativos.
    c) El decreto supremo N° 2.385, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido y sistematizado de la Ley de Rentas Municipales.
    d) El decreto supremo N° 577, de 1978, del Ministerio de Bienes Nacionales, que aprueba Reglamento sobre bienes muebles municipales.
    e) Los Principios de Eficiencia y Eficacia que aplican a nuestro ente edilicio, traducidos en la utilidad o necesidad manifiesta de recaudar mayores ingresos y disminuir los egresos, lo que torna necesario la baja, y posterior enajenación por remate, de los bienes muebles, vehículos municipales, indicados.
    f) El artículo N° 35 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que indica que "La disposición de los bienes muebles dados de baja se efectuará mediante remate público, no obstante, en casos calificados, las municipalidades podrán donar tales bienes a instituciones públicas o privadas de la comuna, que no persiga fines de lucro.
    g) El decreto alcaldicio N° 769, de fecha 7 de junio de 2022, que aprueba valor mínimo de bienes muebles a rematar.
    h) El decreto alcaldicio N° 775, de fecha 8 de junio de 2022, que dispone el Remate en pública subasta de los vehículos que indica, he acordado y:
    i) El decreto alcaldicio N° 871, de fecha 4 de julio de 2022, que aprueba las bases del remate en pública subasta de los vehículos que indica, he acordado y:
     
    Decreto:

     
    Primero: Apruébase, el presente extracto para su publicación en remate en pública subasta, de los vehículos de los distintos departamentos municipales, en el estado que actualmente se encuentran, ubicados en dependencias municipales, en el día y horario que indican las bases elaboradas a tal efecto.
     
    MUNICIPALIDAD DE CHAITÉN DISPONE REMATE EN SUBASTA PÚBLICA DE BIENES QUE INDICA
     
    Vistos:
     
    1.- Decreto alcaldicio N° 769, de 7 de junio de 2022, que aprueba la propuesta de postura mínima para el remate de los vehículos municipales que se indican.
    2.- Decreto alcaldicio N° 775, de 8 de junio de 2022, que dispone el remate, en pública subasta, de los vehículos municipales que indica.
    3.- Decreto alcaldicio N° 871, de 4 de julio de 2022, que aprueba bases del remate en pública subasta, de los vehículos que indica.
    4.- Las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    5.- Las atribuciones conferidas por el decreto ley N° 3.063, de 1979, que fija el texto refundido y sistematizado sobre Ley de Rentas Municipales.
    6.- El artículo 35 de la ley 18.695, que señala que "La disposición de los bienes muebles dados de baja se efectuará mediante remate público, no obstante, en casos calificados, las municipalidades podrán donar tales bienes a instituciones públicas o privadas de la comuna, que no persigan fines de lucro".
     
    Decreto:
     
    1.- Dispóngase el remate en subasta pública, de los siguientes bienes, en el estado en que actualmente se encuentran y que están ubicados en dependencias de la bodega municipal.
     
    2.- Desígnase martillero, para llevar a efecto la subasta pública, al Secretario Municipal.
    3.- Fíjanse las siguientes bases de remate para regular la subasta decretada:
     
    FECHA DEL REMATE: La subasta de los vehículos señalados en el presente decreto, se llevará a efecto el día 28 de julio de 2022, a las 14:30 horas, en dependencias de la bodega municipal. La Municipalidad se reserva el derecho de suspender la subasta o retirar del remate la especie que estime conveniente, hasta el momento mismo de su inicio, a su arbitrio y sin expresión de causa, sin que ello dé derecho a indemnización, o acciones de ningún tipo, por parte de los asistentes a la misma.
    DÍA Y LUGAR DE LA EXHIBICIÓN DE LOS VEHÍCULOS: Los vehículos a rematar, serán exhibidos los 2 días hábiles anteriores a la fecha de realización del Remate, desde las 9:00 y hasta las 16:00 horas, en dependencias de la bodega municipal.
    REQUISITOS PARA PARTICIPAR: Para participar de la subasta, no será necesario inscripción previa en algún registro ni consignación de ningún tipo, bastando con asistir al remate.
    FORMALIDADES DEL REMATE: Los vehículos serán adjudicados al mejor postor, conforme al monto mínimo para las posturas, las que se formularán en pesos, moneda corriente nacional. Cada vehículo será rematado sucesivamente, como individualidad, asignándole un número de Lote correlativo.
    El pago de la subasta deberá realizarse sólo mediante dinero en efectivo o transferencia electrónica y no se aceptarán pagos parciales. En caso de que el adjudicatario no cumpla con las formas y modalidades de pago, quedará sin efecto la subasta del respectivo vehículo, de pleno derecho, y sin más trámite, este se podrá volver a subastar inmediatamente o en fecha posterior que se determine.
    ESPECIES ADJUDICADAS: Las especies subastadas deberán ser retiradas del recinto municipal, por el adjudicatario o quien lo represente, en un plazo máximo de 10 días hábiles siguientes al remate. En caso de no retirarlo, se cobrará un derecho de aparcamiento, que asciende a la suma de 0.3 UTM por día.
    Transcurridos 30 días hábiles, desde la fecha de adjudicación, sin que este haya sido retirado, el bien adjudicado se entenderá abandonado por su dueño, para todos los efectos legales.
     
    4.- Publicítese lo anterior, mediante avisos y notas de prensa, y exhíbase el listado de vehículos, fecha, hora y lugar del remate en lugares visibles. A objeto de dar cumplimiento al artículo 48 de la ley 19.880, publíquese un extracto del presente decreto, por una vez, en el Diario Oficial.
    5.- Procédase por la Unidad de Informática a la publicación del presente decreto, en su integridad, en la página web institucional.
     
    Anótese, comuníquese, regístrese y, una vez hecho, archívese.- Pedro Vásquez Celedón, Alcalde.- Ernesto Acuña Mercier, Secretario Municipal.