CAUSA ROL N° 1608-467. RESUELVE DENUNCIA EN CONTRA DE REIMUNDO VALLEJOS PÉREZ
Núm. 1.250 exenta.- Concepción, 26 de noviembre de 2020.
Vistos:
La Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
La denuncia realizada por un Inspector(a) del Servicio en contra de don Reimundo Vallejos Pérez, RUT N° 9.916.395-K, con domicilio en Fundo El Corral, km 6,5, camino a Punta Perales, comuna de Los Ángeles, Región del Biobío.
Considerando:
1. Que, corresponde al SAG conocer y sancionar toda infracción a las normas legales y reglamentarias cuya fiscalización le compete.
2. Que, las denuncias formuladas por los Inspectores del Servicio o por el personal de Carabineros de Chile constituirán presunción legal de haberse cometido la infracción.
3. Que, consta en autos, Actas de Denuncia y Citación N°080003474, de fecha 10/11/2016 cursada por el siguiente hecho:
"En inspección a faenadora Frigosur se constató que vaca DIIO 4520147 parió un ternero en corrales de espera y otro ejemplar DIIO 795442 presenta gestación mayor a 240 días. Ambos animales fueron transportados desde el predio RUP 08.3.01.3630".
4. Que, el denunciado(a) ha presentado sus descargos, los cuales se han agregado al expediente, teniéndose a la vista.
5. Que, sin perjuicio de la efectividad de lo sostenido en la denuncia y las normas legales y/o reglamentarias transgredidas, esta autoridad regional, previa ponderación de los hechos y los antecedentes que obran en el expediente, en especial, el Acta de Denuncia y Citación, por esta vez, y de forma excepcional, no aplicará sanción al denunciado.
6. Con todo, en lo sucesivo, el/la denunciado/a deberá ajustar su actuar a la normativa vigente, cuya fiscalización y sanción le corresponde al SAG.
Resuelvo:
1. Absuélvase a don Reimundo Vallejos Pérez, ya individualizado, de la denuncia de autos, en base a las consideraciones expuestas precedentemente.
Si en el acto de la notificación no fuere habido el denunciado, se dejará copia íntegra de la presente resolución en su domicilio o en el de su apoderado, si lo tuviere, dejando testimonio escrito de tal actuación.
Anótese y notifíquese.- Iván Ramírez Delpín, Director Regional Región del Biobío, Servicio Agrícola y Ganadero.