ESTABLECE PISTAS DE USO EXCLUSIVO PARA BUSES URBANOS DE TRANSPORTE PÚBLICO EN TRAMO DE AV. INDEPENDENCIA QUE INDICA

    Núm. 3.687 exenta.- Santiago, 28 de julio de 2022.

    Visto:

    La ley N° 18.059; las resoluciones N° 39, de 1992 y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2, 107 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N° 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta N° 347, de 1987, del mismo origen; el DS N° 31, de 11 de octubre de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago, en adelante el PPDA; decreto N° 236, de fecha 25 de mayo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; Ord. 2585 de 11 de julio de 2022, de Subdirector de Pavimentación y Obras Viales Serviu Metropolitano; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República de Chile, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

    Considerando:

    1.- Que, mediante Ord. 2585 de 2022, de Serviu Metropolitano, citado en el Visto, ingresado a oficina de partes virtual el 11 de julio de 2022 (E107587/2022) se informa del término y debida recepción de las obras correspondientes al proyecto denominado: "Construcción Eje Movilidad Independencia Tramo 1 entre Avenida Santa María y Dorsal", adjuntando la documentación técnica de respaldo. En mérito de lo anterior, se solicita dictar resolución que apruebe funcionamiento de corredor de transporte público en Av. Independencia, entre Av. Santa María y Av. Dorsal.
    2.- Que, conforme antecedentes técnicos de las obras señaladas, se contempla en el tramo ejecutado la destinación de pistas, tanto en la calzada central como poniente de Av. Independencia, con la correspondiente segregación, para el uso exclusivo de buses de transporte público urbano, en la forma que se indica en lo resolutivo del presente acto. Lo anterior, permite incrementar la velocidad de circulación de los mismos, provocando de este modo un menor tiempo de viaje y, de espera para los usuarios en los paraderos, objetivo primordial de la política de transporte urbano aplicable a la ciudad de Santiago.
    3.- Que, lo anterior también se enmarca dentro del plan de Gestión de Tránsito de esta Secretaría Regional, diseñado para enfrentar el Período de Gestión de Episodios Críticos, establecido en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), toda vez que debe estimularse la agilidad de los viajes en el transporte público.
    4.- Que, mediante el decreto N° 236, de 2020, citado en vistos, se transfirió la competencia radicada en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de prohibir por causa justificada la circulación de todo vehículo o tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas, a los gobiernos regionales, con la expresa excepción del Gobierno Regional Metropolitano.
    5.- Que, sin perjuicio de lo anterior, cabe consignar que el artículo 2° del citado decreto N° 236, de 2020, dispone: "Exceptúase de esta transferencia, la facultad de restringir la circulación en las carreteras interurbanas de alta velocidad, que conectan las diferentes regiones del país y en las pistas o vías exclusivas del transporte público, de conformidad a lo indicado en el considerando 5 de este acto administrativo"; situación de hecho que se verifica en la especie, pues en lo resolutivo del presente acto se establecen pistas de uso exclusivo para buses urbanos de transporte público.
    6.- Que, el numeral 38) del artículo 2 del citado DFL N° 1 de 2007, establece que las pistas de uso exclusivo son espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
    7.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

    Resuelvo:
     
    1.- Establécense pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en eje Av. Independencia, comuna de Independencia, en el tramo, sentidos de tránsito y calzada que se indican en el siguiente cuadro:

   

    Podrán también excepcionalmente circular en las referidas pistas los vehículos de emergencia, de Gendarmería de Chile, los adscritos al Programa Nacional de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes que se encuentren desempeñando labores de control, y aquellos vehículos municipales destinados a cumplir funciones de apoyo a la función policial, que se encuentren debidamente identificados.
    DResolución 4317 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 4
D.O. 20.10.2023
el mismo modo, entre el 20 de octubre y el 30 de noviembre de 2023, podrán circular por estas pistas de uso exclusivo los vehículos destinados a prestar servicios de transporte para los XIX Juegos Panamericanos y VII Parapanamericanos Santiago 2023, debidamente identificados como tales por el Comité Organizador
    2.- Las señaladas pistas se encontrarán debidamente segregadas del resto de la vía y señalizadas de conformidad con el Manual de Señalización de Tránsito.
    3.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL N° 1, de 2007, citado en Vistos.
    4.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese y publíquese.- Roberto Alexis Santa Cruz González, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.