Artículo 5º.- Cualquier interesadoLey N° 19.996
Artículo único N° 8
D.O. 11.03.2005 podrá formular ante el Instituto oposición a la solicitud de marca, patente de invención, modelo de utilidad, dibujo y diseño industrial, esquemas de trazado o topografía de circuitos integrados e indicaciones geográficas y denominaciones de origen. La oposición deberá presentarse dentro del plazo deLey N° 20.254
Disposición primera transitoria
D.O. 14.04.2008 30 días contado desde la fecha de la publicación del extracto respectivo.
Artículo único N° 8
D.O. 11.03.2005 podrá formular ante el Instituto oposición a la solicitud de marca, patente de invención, modelo de utilidad, dibujo y diseño industrial, esquemas de trazado o topografía de circuitos integrados e indicaciones geográficas y denominaciones de origen. La oposición deberá presentarse dentro del plazo deLey N° 20.254
Disposición primera transitoria
D.O. 14.04.2008 30 días contado desde la fecha de la publicación del extracto respectivo.
El plazo señalado en el Ley N° 19.996
Artículo único N° 8
D.O. 11.03.2005inciso anterior será de 45 días tratándose de solicitudes de patentes de invención, modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados e indicaciones geográficas y denominaciones de origen.
Artículo único N° 8
D.O. 11.03.2005inciso anterior será de 45 días tratándose de solicitudes de patentes de invención, modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados e indicaciones geográficas y denominaciones de origen.
En los procedimientosLey N° 20.160
Artículo único N° 1
D.O. 26.01.2007 que exista controversia, en los cuales el Instituto Nacional de Propiedad Industrial actúe como tribunal de primera instancia, se deberá comparecer Ley N° 20.254
Disposición primera transitoria
D.O. 14.04.2008patrocinado por abogado habilitado, conforme a lo dispuesto por la ley N° 18.120.
Artículo único N° 1
D.O. 26.01.2007 que exista controversia, en los cuales el Instituto Nacional de Propiedad Industrial actúe como tribunal de primera instancia, se deberá comparecer Ley N° 20.254
Disposición primera transitoria
D.O. 14.04.2008patrocinado por abogado habilitado, conforme a lo dispuesto por la ley N° 18.120.