Artículo 17 bis H.- El TribunalLey N° 19.996
Artículo único N° 20
D.O. 11.03.2005
contará con una dotación garantizada de un Secretario Abogado, dos Relatores Abogados y cuatro funcionarios administrativos, los que pertenecerán a la planta de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Ley N° 20.416
Artículo Décimo Tercero
D.O. 03.02.2010
Menor Tamaño y estarán destinados permanentemente al Tribunal de Propiedad Industrial. Estos se regirán, en todo, por las normas aplicables a los funcionarios de dicha Subsecretaría, salvo en aquello que sea incompatible con la naturaleza de su función.
    Cualquiera deLey N° 19.996
Artículo único N° 20
D.O. 11.03.2005
los relatores podrá subrogar al Secretario, quien también podrá relatar subrogando a aquellos.