Artículo 42.- No seránLey N° 20.160
Artículo único N° 11
D.O. 26.01.2007 consideradas para efectos de determinar la novedad de la invención ni el nivel inventivo, las divulgaciones efectuadas dentro de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, si la divulgación pública:
Artículo único N° 11
D.O. 26.01.2007 consideradas para efectos de determinar la novedad de la invención ni el nivel inventivo, las divulgaciones efectuadas dentro de los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, si la divulgación pública:
a) fue hecha, autorizada Ley N° 20.160
Artículo único N° 11
D.O. 26.01.2007o deriva del solicitante de la patente, o
Artículo único N° 11
D.O. 26.01.2007o deriva del solicitante de la patente, o
b) ha sido hecha con motivoLey N° 20.160
Artículo único N° 11
D.O. 26.01.2007 o deriva de abusos y prácticas desleales de las que hubiese sido objeto el solicitante o su causante.
Artículo único N° 11
D.O. 26.01.2007 o deriva de abusos y prácticas desleales de las que hubiese sido objeto el solicitante o su causante.