Artículo 75.- Los esquemasLey N° 19.996
Artículo único N° 71
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de trazado o topografías de circuitos integrados serán protegidos por medio de esta ley en la medida en que sean originales.
    Se considerarán originales los que sean el resultado del Ley N° 19.996
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esfuerzo intelectual de su creador y no sean de conocimiento ordinario entre los creadores de esquemas de trazado o topografía de circuitos integrados y los fabricantes de circuitos integrados, al momento de su creación.
    Un esquema deLey N° 19.996
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trazado o topografía de circuitos integrados que consista en una combinación de elementos o interconexiones que sean corrientes, sólo estará protegido si la combinación, en su conjunto, cumple con las condiciones señaladas en los incisos anteriores.