La presente ley modifica la ley N° 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos, y extiende su vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2030, con excepción de su artículo 15 que permanece vigente. La ley pone énfasis en la regularización de las obras mínimas de urbanización que requieran aquellos asentamientos poblados que no cuentan con permiso o recepción de loteo otorgado por la respectiva Dirección de Obras Municipales, denominados para efectos de esta ley asentamientos irregulares”, incluyendo en tal categoría diversos tipos de ocupaciones y poblaciones enunciados en su artículo 1. Además, precisa los requisitos que deben cumplir dichos asentamientos para acogerse al procedimiento simplificado de regularización, entre otros, que se encuentren materializados de hecho con anterioridad al 31 de diciembre de 2018 o formen parte del catastro de campamentos del año 2019, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y cuya estrategia sea de radicación; que en más del 70 por ciento de los lotes resultantes del asentamiento irregular existan residentes permanentes; que no se encuentren localizados en zonas no edificables, conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza General, ni en áreas expuestas a riesgos que no sean mitigables, como tampoco en áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural o de protección de recursos de valor natural. De igual forma, aclara las exigencias que deben cumplir las solicitudes de regularización que se presenten a la Dirección de Obras Municipales respectiva; agiliza el procedimiento para obtener la recepción de las obras de urbanización e impone a los notarios y conservadores de bienes raíces la obligación de no autorizar escrituras o denegar su inscripción, respectivamente, cuando puedan implicar la formación de una nueva población, barrio o loteo sin que cumplan los requisitos o se encuentren dentro de las excepciones establecidas en su articulado.
    Artículo tercero.- Derógase la ley N° 21.206, que prorrogó por cinco años, a contar del 31 de enero de 2020, el procedimiento simplificado de regularización de loteos a que se refiere el artículo 1 de la ley N° 20.234.".