PERMISO DE CIERRE Y OCUPACIÓN DE CALZADA CON PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA EN LAS CONDICIONES QUE SE SEÑALAN. AUTORIZA CIERRE Y OCUPACIÓN DE CALLE 8 ENTRE AVENIDA QUINTA Y AVENIDA SEXTA, SECTOR REÑACA ALTO, DE LA COMUNA DE VIÑA DEL MAR, Y PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN DICHOS TRAMOS
Núm. 31/8/1.294 exenta.- Valparaíso, 5 de agosto de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 113 del DFL Nº 1 de 2007, de los Ministerios de Justicia y de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.290 de Tránsito; la ley Nº 18.059; el decreto supremo Nº 83 de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, relativo a las redes viales básicas; artículo 5º transitorio de la Ley 21.074, de Fortalecimiento Regional; el decreto supremo Nº 71 de 2019 que Individualiza Competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los Gobiernos Regionales de acuerdo al artículo quinto transitorio de la Ley 21.074 de Fortalecimiento de la Regionalización del País; la resolución N° 7, Santiago, 26 de marzo de 2019 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y lo demás que resulte aplicable.
Considerando:
1º Que, por razones de urgencia para la realización de actividad social, se solicita autorización para el cierre y ocupación de Calle 8 entre Avenida Quinta y Avenida Sexta, sector Reñaca Alto, de la comuna de Viña del Mar. Esta solicitud la ha presentado la I. Municipalidad de Viña del Mar en el contexto de la "Conmemoración del día del niño-niña mes de la niñez". La responsable de esta actividad es la Sra. Carolina Marambio Parra, RUT Nº 16.778.6542-1, domiciliada en Av. Valparaíso Nº 729, de la comuna de Viña del Mar.
2º Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1º Autorícese permiso para el cierre y ocupación de Calle 8 entre Avenida Quinta y Avenida Sexta, sector Reñaca Alto, de la comuna de Viña del Mar, y se prohíbe circulación peatonal y de vehículos motorizados en dichos tramos, el día 27 de agosto de 2022, entre las 11.00 horas y las 18.00 horas.
2º Desvíos. El flujo vehicular, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el resuelvo Nº 1, deberán adoptar los siguientes desvíos de tránsito:
Desvío propuesto:
Calle Sexta - calle Nueve - calle Quinta - calle Ocho y viceversa.
3º Adóptense por parte del responsable, todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de la actividad debiendo también implementar las medidas de mitigación y seguridad pertinentes, instalando las señaléticas respectivas que resguarden la seguridad tanto peatonal como vehicular.
Deberá además coordinar la instalación de señalización en el sector donde se realizará el cierre y ocupación temporal de las vías, según lo señala el Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl) y debiendo respetar estrictamente el periodo de cierre de la calle, en los tramos y horas indicados en la presente resolución.
4º Fiscalización. Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita.
5º Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.-
Rodrigo Mundaca Cabrera, Gobernador Regional, Gobierno Regional de Valparaíso.