DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE


    Núm. 193.- Santiago, 18 de Octubre de 1989.- Visto: Lo dispuesto en el D.F.L. N° 279, de 1960; en el D.L. N° 557, de 1974; en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile y el Oficio N° 9032-400, del 10 de octubre de 1989, del Instituto Nacional de Normalización.

    Decreto:

    1°.- Declárase Norma Oficial de la República de Chile, la siguiente:
    NCh382 Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación general.
    2°.- Con el presente decreto se anula y reemplaza la Norma NCh382.Of70 "Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación general", declarada Norma Chilena Oficial de la República, por Decreto N° 66 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de fecha 25 de junio de 1970.
    3°.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial, siendo su costo de cargo del Instituto Nacional de Normalización. El texto íntegro de la norma será publicado en documentos oficiales del mencionado Instituto.
    A contar de la fecha de publicación de este decreto, la norma individualizada en el número 1° se denominará como sigue:
    NCh382.Of89 Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación general.
    4°.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres (3) ejemplares de dicha norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Anótese, tómese razón y publíquese. - AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República. - Carlos Silva Echiburu, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda a Ud. - Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.