MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 855 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, Y SUS MODIFICACIONES, Y APRUEBA PROYECTO SELECCIONADO SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN Nº 855 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN O ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS PÚBLICAS PARA EL ARRIENDO, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, CONFORME A LA LETRA I) DE LA GLOSA 03 DE VIVIENDA ASOCIADA AL SUBTÍTULO 33, ÍTEM 01, DE LA LEY DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL AÑO 2022
Santiago, 17 de agosto de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.044 exenta.
Visto:
a) Lo establecido en la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, letra i), de la Ley Nº 21.395 de Presupuestos del Sector Público del año 2022;
b) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
c) El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
d) La resolución exenta Nº 2.007 (V. y U.), de fecha 17 de diciembre de 2021, y su modificación, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.) de 2011;
e) La resolución exenta Nº 127 (V. y U.), de fecha 4 de febrero de 2022, que establece las condiciones para la operación de la letra i) de la Glosa 03 de vivienda, asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2022;
f) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que Fija el Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social a Programa que indica;
g) La resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de fecha 11 de julio de 2022, y sus modificaciones, que llama a proceso de postulación en condiciones especiales de proyectos para la construcción, rehabilitación o adquisición de viviendas públicas para el arriendo, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V y U.), de 2011 y sus modificaciones, conforme a la letra i) de la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2022, y
Considerando:
a) Que, mediante la resolución exenta citada en el Visto g), se llamó al proceso de postulación en condiciones especiales de proyectos para la construcción, rehabilitación o adquisición de viviendas públicas para el arriendo, mediante el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, conforme a la letra i) de la Glosa 03 de vivienda asociada al subtítulo 33, ítem 01, de la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2022.
b) Que, conforme a lo establecido en la resolución citada en el Visto g) precedente, se ha procedido a revisar las postulaciones presentadas al cierre del día Resolución 1898 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2, 2.1
D.O. 07.01.202321 de julio, siendo debidamente aprobada una iniciativa para la adquisición de viviendas, postulada en la Región del Biobío.
VIVIENDA
N° 2, 2.1
D.O. 07.01.202321 de julio, siendo debidamente aprobada una iniciativa para la adquisición de viviendas, postulada en la Región del Biobío.
c) El Informe Técnico del Serviu de la Región del Biobío, remitido mediante correo electrónico del Director (S) de ese Servicio, con fecha 16 de agosto de 2022, donde se acredita el cumplimiento por parte del proyecto presentado en la Región del Biobío de las condiciones de habitabilidad y funcionales, establecidas para el llamado en curso, dadas las condiciones normativas y se recomienda su selección como una alternativa real para la aplicación del subsidio de arriendo en la comuna de San Pedro de la Paz.
d) Los correos electrónicos de fecha 17 de agosto de 2022, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa (S) de la División Jurídica de este Ministerio, con el tenor del presente acto administrativo, por lo que dicto la siguiente:
Resolución:
1. Apruébase la selección efectuada por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Biobío, en adelante Serviu, de la postulación para la Adquisición de Viviendas para Arriendo indicada en la siguiente tabla, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conforme a lo establecido en el punto 4.2, del Resuelvo 4. de la resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de 2022, y sus modificaciones, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los montos por concepto de servicios de asistencia técnica y para el pago de aranceles del Conservador de Bienes Raíces:

2. El Serviu deberá determinar mediante resolución el valor a pagar por subsidio para la adquisición de viviendas, de acuerdo a lo señalado en el inciso final del numeral 6.3 del resuelvo 6, de la resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de 2022, y sus modificaciones, y para Asistencia Técnica, conforme lo establece su resuelvo 10.
3. Atendido que en el presente proceso de selección sólo participó una iniciativa de la Región del Biobío, no corresponde aplicar lo señalado en el Resuelvo 7. de la resolución exenta Nº 127 (V. y U.), de 2022.
4. Los recursos comprometidos en el Resuelvo 1. de la presente resolución exenta, para el proyecto seleccionado en el concurso a que se llamó mediante resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de 2022, cuyo cierre de postulación se efectuó el día Resolución 1898 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2, 2.2
D.O. 07.01.202321 de julio de 2022, ascienden a 122.400 Unidades de Fomento, considerando los montos de subsidio del proyecto, incluyendo sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica y aranceles del Conservador de Bienes Raíces y se imputarán a los recursos dispuestos para e! año 2022, para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda de la Región del Biobío.
VIVIENDA
N° 2, 2.2
D.O. 07.01.202321 de julio de 2022, ascienden a 122.400 Unidades de Fomento, considerando los montos de subsidio del proyecto, incluyendo sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica y aranceles del Conservador de Bienes Raíces y se imputarán a los recursos dispuestos para e! año 2022, para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda de la Región del Biobío.
Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.