ACTUALIZA ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL SECRETARIO/A REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA DE LA REGIÓN DE COQUIMBO
Núm. 83 exento.- Santiago, 17 de agosto de 2022.
Vistos:
El DFL Nº 294 de 1960, del Ministerio de Hacienda, Orgánico del Ministerio de Agricultura; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el correo electrónico de fecha 3 de agosto de 2022, del Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Coquimbo; el decreto exento Nº 294, de 2010, del Ministerio de Agricultura, que determina orden de subrogación del cargo de Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Coquimbo; el decreto Nº 71, de 2022, del Ministerio del Interior, que nombra al Ministro de Agricultura; las resoluciones Nºs. 6 y 7, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que por medio del decreto exento Nº 249, de 2010, del Ministerio de Agricultura, se determinó el orden de subrogación de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de Coquimbo.
2. Que el DFL Nº 29, de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en sus artículos 4, inciso final, 80 y 81, dispone las normas en materias de subrogación, siendo este último el que faculta a la autoridad para efectuar el nombramiento y determinar otro orden de subrogación en los siguientes casos: a) En los cargos de exclusiva confianza, y b) Cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes.
3. Que, en conformidad con lo expuesto, se ha estimado actualizar el orden de subrogación del Secretario/a Regional Ministerial de la Región de Coquimbo, mediante el correspondiente acto administrativo, en base a la propuesta enviada por el Secretario Regional Ministerial de Agricultura respectivo, a través de correo electrónico de fecha 3 de agosto de 2022, del Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Coquimbo, incorporando la posibilidad de ejercerla por los subrogantes de los cargos que indica.
Decreto:
1. Fíjase el siguiente orden de subrogación en caso de ausencia o impedimento del/la Secretario/a Regional Ministerial de Agricultura, Región de Coquimbo:
. Primero: Director/a Regional del Instituto de Desarrollo Agropecuario.
. Segundo: Director/a Regional del Servicio Agrícola y Ganadero.
2. Establécese que la subrogación antes indicada podrán ejercerla en primer lugar los Titulares de los respectivos cargos. Ante la ausencia de todos los titulares podrán ejercerla los Subrogantes en igual orden.
3. Que, por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá sus efectos a contar desde esta fecha, sin esperar su total tramitación.
4. Déjese sin efecto el decreto exento Nº 294, de 2010, del Ministerio de Agricultura.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Esteban Valenzuela Van Treek, Ministro de Agricultura.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., José Guajardo Reyes, Subsecretario de Agricultura.