Artículo 31.- Del formulario de compraventa de acciones. Podrán celebrarse compraventas de acciones de una sociedad directamente a través del Registro de Empresas y Sociedades, para lo cual el comprador y el vendedor deberán suscribir el formulario de compraventa de acciones especialmente dispuesto al efecto.
Firmados los formularios de suscripción de acciones a que se refiere al artículo precedente, o de compraventa de acciones por quienes corresponda, no será necesario para su inscripción en el Registro de Accionistas, que adicionalmente se suscriba el formulario de inscripción al Registro de Accionistas a que hace referencia el artículo 29 del presente Reglamento, sin perjuicio de la toma de conocimiento y registro de la solicitud de inscripción que realice el gerente general o administrador, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo siguiente.