EXTRACTO RESOLUCIÓN Nº 1.024 EXENTA, DEL 12 DE AGOSTO DE 2022, QUE LLAMA A LA FORMULACIÓN DE PROPUESTAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA PARA PEQUEÑAS LOCALIDADES EN LAS REGIONES DE ARICA Y PARINACOTA, TARAPACÁ, ANTOFAGASTA, ATACAMA, COQUIMBO, VALPARAÍSO, METROPOLITANA, ÑUBLE, BIOBÍO, LA ARAUCANÍA, LOS LAGOS, LOS RÍOS, AYSÉN Y MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA
1. Llámase a formulación de propuestas para la selección de localidades y/o sistemas de localidades ubicadas en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, Ñuble, la provincia de Arauco en las comunas de Arauco, Cañete, Contulmo, Curanilahue, Lebu, Los Álamos y Tirúa, junto con la comuna de Alto Biobío emplazada en la provincia de Biobío, y la provincia de Concepción en la Región del Bíobío, para la provincia de Malleco, comunas de Angol, Collipulli, Curacautín, Ercilla, Lonquimay, Los Sauces, Lumaco, Purén, Renaico, Traiguén y Victoria, y la provincia de Cautín de la Región de La Araucanía, Los Lagos, Los Ríos, Aysén y Magallanes y la Antártica Chilena, que sean parte del listado de localidades Objeto del Programa para Pequeñas Localidades, aprobadas por resolución exenta Nº 5.430 (V. y U.), de 2018.
Sin perjuicio de lo anterior, podrán postular al presente llamado aquellas localidades de hasta 20.000 habitantes, que, a pesar de no estar en el listado de localidades objeto del Programa aprobado por resolución exenta Nº 5.430 de V. y U., de 2018, acrediten contar con al menos un centro proveedor de servicios de educación -nivel básico- y uno de salud con servicio de atención permanente.
2. Para el presente llamado podrán postular solamente Sistemas de Localidades correspondientes a un mismo municipio, y donde al menos una de las localidades sea parte del listado de localidades objeto del Programa, aprobadas por la resolución Nº 5.430 (V. y U.), de 2018.
A su vez, podrán postular aquellos sistemas de localidades que acrediten contar con al menos una localidad que cumpla con el requisito de ser centro proveedor de servicios de educación -nivel básico - y de salud- servicio de atención permanente, a pesar de que esta no se encuentre en el listado de localidades Objeto del Programa aprobado por la resolución exenta Nº 5.430 (V. y U.), de 2018.
3. Sin perjuicio de lo anterior, no podrán ser seleccionadas aquellas localidades de menos de 9.000 habitantes que contengan uno o más barrios seleccionados desde el año 2018, por el Programa de Recuperación de Barrios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
4. En virtud del presente llamado se seleccionarán 24 localidades y/o sistemas de localidades, que se distribuirán regionalmente según la siguiente tabla:


Las propuestas de localidades y/o sistemas de localidades a intervenir por el Programa, serán presentadas por los municipios respectivos, conforme al formato indicado por el Minvu para estos efectos, en las oficinas de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo correspondiente, en adelante Seremi, o a través de la plataforma digital que el Ministerio disponga al efecto. El plazo de presentación de las propuestas será de 32 días corridos contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación del Diario Oficial de la presente resolución.
Si el último día para la presentación de propuestas fuera sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado hasta el día siguiente hábil.
Para acceder a la postulación mediante plataforma digital, se deberá solicitar acceso a la Seremi respectiva hasta 7 días corridos antes de la fecha de cierre de las postulaciones, por lo que, quienes no soliciten el acceso a la plataforma digital en este plazo, deberán realizar las postulaciones en la Seremi que corresponda, durante el periodo restante.
Sin perjuicio de lo anterior, la disponibilidad de la plataforma para la postulación al presente llamado será informada oportunamente por la Seremi respectiva, y en caso de fallas técnicas y/u otras dificultades, la postulación deberá entregarse en la oficina de partes de la Seremi correspondiente, hasta las 13:00 hrs, del plazo estipulado.
5. Una vez asignados los puntajes por la Comisión Evaluadora y la Mesa Regional, la Seremi calculará el puntaje final de acuerdo a las ponderaciones definidas para cada etapa, 70% en la etapa de elegibilidad y 30% en la Mesa Regional, y sancionará, según prelación, las localidades seleccionadas mediante resolución del Seremi de Vivienda y Urbanismo, la que debe ser publicada en el Diario Oficial.
6. Una vez publicado en el Diario Oficial la localidad y/o sistema de localidades seleccionados, el municipio respectivo, tendrá como máximo 45 días corridos para la elaboración y firma de los convenios de cooperación e implementación con la coordinación y gestión de la Seremi. De no cumplir con los plazos establecidos, se anulará la selección de la localidad y/o sistema de localidades, dando paso a la siguiente localidad y/o sistema de localidades de la lista de prelación de selección priorizados por la Mesa Regional.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.