Decreto-Lei
Núm. 683 bis.- Santiago, 17 de octubre de 1925.- El Vice-Presidente de la República, de acuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado, dicta el siguiente
DECRETO-LEI:
Artículo 1.o Compleméntese el decreto-lei número 683, de 17 de octubre último, con la construcción de obras necesarias para efectuar los embalses del rio Huasco, rio Petorca y Laguna del Pelado, rio Choapa y Aconcagua.
Fíjase el valor de las referidas obras en las siguientes cantidades:
1.o Embalse del Huasco, dos millones de pesos ($ 2.000,000);
2.o Embalse del Aconcagua, dos millones de pesos ($ 2.000,000);
3.o y 4.o Embalse del Petorca y Laguna del Pelado, cuatro millones de pesos ($ 4.000,000); y Tranque del Puente Negro en el rio Huapa, cuatro millones de pesos ($ 4.000,000).
Estas obras se ejecutarán en el órden en que se enumeran.
Art. 2.o El presente decreto-lei comenzará a rejir una vez terminadas las obras que se consultan en el decreto-lei número 683.
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno. - Luis Barros Borgoño. - A. García Castelblanco.