APRUEBA LA ENMIENDA N° 1 AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CASABLANCA
    Núm. 6.828.- Casablanca, 24 de agosto de 2022.
     
    Vistos:
     
    1.- Las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes contenidas en el artículo 65, letra b) de la ley N° 18.695 Orgánica Constitucional, de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el DFL N°1 de 2006, del Ministerio del Interior y sus modificaciones posteriores.
    2.- El Plan Regulador Comunal de Casablanca, aprobado por decreto alcaldicio N° 4.674 de fecha 1 de octubre de 2020 y publicado en el Diario Oficial de la República de Chile N° 42.781 de fecha 16 de octubre de 2020.
    3.- Lo dispuesto en los Artículos 45° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y 2.1.13 de su Ordenanza General.
    4.- El acuerdo del H. Concejo Municipal N° 4.647, adoptado por unanimidad en sesión ordinaria N° 1.304, del 15 de febrero de 2022, según consta en el certificado N° 67/2022 de fecha 16 de febrero de 2022 del Secretario Municipal.
    5.- Decreto alcaldicio N° 1.856 de fecha 8 de marzo de 2022, que aprueba el inicio de la tramitación del proceso "Estudio para propuesta de Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Casablanca", vigente desde el 16 de octubre de 2020; la que quedará sujeta de acuerdo al procedimiento previsto en el artículo 45° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la circular Ord. N° 132/2003 DDU 129 de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y la Circular Ord. N° 386 del 2 de diciembre de 2002, DDU 118 MINVU.
    6.- La resolución N° 7-2019 de fecha 29 de marzo de 2019 de la Contraloría General de la República, sobre trámites de exención de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    1.- La voluntad del Municipio de regular y mejorar las condiciones urbanísticas de sus instrumentos de planificación territorial, y poder regularizar el crecimiento y desarrollo de la comuna, al amparo del marco legal vigente.
    2.- Que, para efectos de lo dispuesto en el número 3 del inciso segundo del artículo 45° LGUC precitado, el Concejo podrá autorizar enmiendas que alteren las condiciones de edificación y urbanización del Plan Regulador Comunal o de los Seccionales vigentes, dentro de los márgenes que se señalan, en el caso particular, respecto a la letra a) Incrementar o disminuir hasta en un 20% la altura y la densidad.
    3.- Que, en base a lo anterior, se hace necesario mejorar las condiciones de "Altura Máxima de Edificación" para las zonas ZED y ZHM-4, individualizadas en la lámina PRCC-C del Plan Regulador Comunal de Casablanca.
    4.- Que, con fecha 8 de marzo de 2022, se dicta el decreto alcaldicio N° 1.856, que aprueba el inicio de la tramitación del proceso "Estudio para propuesta de Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Casablanca", vigente desde el 16 de octubre de 2020; la que quedará sujeta de acuerdo al procedimiento previsto en el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y a la circular Ord. N° 132/2003 DDU 129 de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    5.- Que, con fecha 24 y 30 de marzo de 2022, se realizaron dos publicaciones en el diario "La Estrella de Valparaíso". Dichas publicaciones informan a la comunidad el inicio del proceso de consulta pública, fecha y lugar de las audiencias públicas, periodo de exposición a la comunidad del proyecto de enmienda del PRC de Casablanca, período para realizar observaciones fundadas y adicionalmente la entrega gratuita de información digital sobre los contenidos de la propuesta.
    6.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 517/2022, la realización de publicaciones de dos avisos de prensa en semanas distintas.
    7.- Que, con fecha 24 de marzo de 2022, se llevó a cabo el envío de cartas certificadas de fecha 18 de marzo de 2022 del Sr. Alcalde a las Organizaciones Territoriales legalmente constituidas, a través de Correos de Chile y entregadas personalmente entre los días 24 de marzo de 2022 y 31 de marzo de 2022.
    8.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 518/2022, el franqueo de cartas certificadas y registro de entrega personal suscrito por los representantes de las organizaciones territoriales de la comuna.
    9.- Que, la carta enviada por correo certificado a la Junta de Vecinos La Rotunda fue devuelta por Correos de Chile por plazo vencido, de fecha 25 de marzo de 2022, y la carta dirigida a la Junta de Vecinos de Villa Esperanza, la que no fue entregada por no recepción por parte de la directiva.
    10.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 519/2022, que la carta dirigida a la Junta de Vecinos La Rotunda fue devuelta por Correos de Chile por plazo vencido, y la carta dirigida a la Junta de Vecinos de Villa Esperanza no fue entregada por no recepción por parte de la directiva.
    11.- Que, con fecha 6 de abril de 2022, en el contexto del proceso de Consulta Pública de la "Enmienda N° 1-2022 al Plan Regulador Comunal de Casablanca" de acuerdo al Artículo 45° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se realizó la primera Audiencia Pública a las 18:00 horas en la Escuela Arturo Echazarreta Larraín, en cuya ocasión se dio a conocer la propuesta de enmienda al Plan Regulador Comunal de Casablanca.
    12.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 520/2022, de la realización de la primera Audiencia Pública de la "Enmienda N° 1-2022 al Plan Regulador Comunal de Casablanca", donde se acompaña el Acta y listado de asistencia de los participantes.
    13.- Que, posteriormente, se realizó la exposición de la propuesta de enmienda al Plan Regulador Comunal de Casablanca, en el patio de luz del Centro Cultural de Casablanca, ubicado en Avenida Diego Portales N° 2 de 09.00 a 16.00 horas, entre los días 7 de abril y 9 de mayo de 2022.
    14.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 521/2022, la realización de la exposición de la propuesta de enmienda al Plan Regulador Comunal de Casablanca, en el patio de luz del Centro Cultural de Casablanca.
    15.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 522/2022, en relación al trámite de la primera consulta al Consejo Económico y Social Comunal contemplado en el número 3 del Artículo 2.1.11 de la OGUC, que a la fecha de realización de la primera Audiencia Pública (6 de abril de 2022); el Consejo mencionado no se encontraba constituido, siendo el 20 de abril de 2022 la fecha de la Sesión Constitutiva del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Casablanca, periodo 2022-2026.
    En base a lo anterior, se entiende por cumplido el trámite contemplado en el número 3 mencionado, primera consulta al Consejo Económico y Social Comunal, de acuerdo a lo indicado en la circular Ord. N° 386 del 2 de diciembre de 2002, DDU 118 MINVU.
    16.- Que, entre los días 7 de abril y 9 de mayo de 2022, se realizó entrega gratuita de expediente de la propuesta de enmienda, que contiene la Memoria Explicativa y Ordenanza. Dicha información quedó a disposición del público para su retiro en las oficinas de la Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en Avenida Constitución N° 111, Casablanca, además de envío por correo electrónico municipal a quien lo solicitase.
    17.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 523/2022, la realización entrega gratuita de expediente de la propuesta de enmienda, que contiene la Memoria Explicativa y Ordenanza. Se acompaña registro de personas que hizo retiro de los antecedentes, y comprobante de envío de correo electrónico a los requirentes por ese medio.
    18.- Que, con fecha 11 de mayo de 2022, en el contexto del proceso de Consulta Pública de la "Enmienda N° 1-2022 al Plan Regulador Comunal de Casablanca" de acuerdo al Artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se realizó la segunda Audiencia Pública a las 18:00 horas en la Escuela Arturo Echazarreta Larraín, en cuya ocasión se dio a conocer la propuesta de enmienda al Plan Regulador Comunal de Casablanca. No se presentaron observaciones recibidas a la fecha por parte de la comunidad.
    19.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 524/2022, de la realización de la segunda Audiencia Pública de la "Enmienda N° 1-2022 al Plan Regulador Comunal de Casablanca", donde se acompaña el Acta y listado de asistencia de los participantes.
    20.- Que, con fecha 25 de mayo de 2022, se realizó la segunda sesión de consulta al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Casablanca, establecido en el número 5 del Artículo 2.1.11 de la OGUC, en el Salón de Honor Municipal, a las 17:30 horas, ocasión en la que se dio a conocer la propuesta de enmienda al Plan Regulador Comunal de Casablanca. No se presentaron observaciones recibidas a la fecha por parte de la comunidad.
    21.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 525/2022, de la realización de la segunda sesión de consulta al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Casablanca, establecido en el número 5 del Artículo 2.1.11 de la OGUC de la "Enmienda N° 1-2022 al Plan Regulador Comunal de Casablanca", donde se acompaña el Acta y listado de asistencia de los participantes.
    22.- Que, con fechas 23 y 30 de mayo de 2022 se recibieron cartas de los Sres. Miguel González Farías e Isabel Tagle Casali, donde se realizaron observaciones al Plan Regulador Comunal, dentro del periodo dispuesto por el Artículo 45° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    23.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 526/2022, de la recepción de las cartas previamente mencionadas, de los Sres. Miguel González Farías e Isabel Tagle Casali.
    24.- Que, con fecha 23 de junio de 2022, el Secretario Municipal da cuenta en certificado N° 467/2022, del acuerdo del H. Concejo Municipal N° 4.744, adoptado por unanimidad de sus miembros en sesión ordinaria N° 1.321, del 23 de junio de 2022, del inicio al proceso de respuesta a observaciones recibidas para la "Propuesta de Enmienda N° 1 al Plan Regulador de Casablanca", en los términos establecidos en el Artículo 45° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    25.- Que, con fecha 4 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 495/2022, del acuerdo del H. Concejo Municipal N° 4.756, adoptado por unanimidad de sus miembros, en sesión ordinaria N° 1.326, en que se aprueban las respuestas a las 15 observaciones realizadas por el Sr. Miguel González Farías con fecha 23 de mayo y revisadas en la Primera sesión de la Comisión de Ordenamiento Territorial del H. Concejo Municipal, de fecha 28 de junio de 2022.
    26.- Que, con fecha 4 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 495/2022, del acuerdo del H. Concejo Municipal N° 4.757, adoptado por unanimidad de sus miembros, en sesión ordinaria N° 1.326, en que se aprueban las respuestas a las 9 observaciones realizadas por la Sra. Isabel Tagle Casali, con fecha 30 de mayo y revisadas en la Segunda sesión de la Comisión de Ordenamiento Territorial del H. Concejo Municipal, de fecha 2 de agosto de 2022.
    27.- Que, con fecha 4 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 495/2022, del acuerdo del H. Concejo Municipal N° 4.758, adoptado por unanimidad de sus miembros, en sesión ordinaria N° 1.326, en que se aprueban la "Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Casablanca", en conformidad al Artículo 45° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y 2.1.13 de su Ordenanza General, para la modificación de la altura máxima de edificación de las zonas ZED y ZHM-4 de la localidad de Casablanca.
    28.- Que, con fecha 12 de agosto de 2022, se remiten respuestas aprobadas por el H. Concejo Municipal a los Sres. Miguel González Farías e Isabel Tagle Casali, mediante los oficios de Alcaldía N° 656 y N° 657 respectivos, de fecha 11 de agosto de 2022.
    29.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 527/2022, del envío de Of. Ord. N° 556 y 657 de fecha 11 de agosto de 2022 con las respuestas a las observaciones recibidas por parte de la comunidad, mediante carta certificada a través de Correos de Chile.
    30.- Que, con fecha 17 de agosto de 2022, la Secretaria Municipal (S) da cuenta en certificado N° 528/2022, de los contenidos expuestos a la comunidad en el contexto del proceso de Consulta Pública de la "Enmienda N° 1-2022 al Plan Regulador Comunal de Casablanca" de acuerdo al Artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Artículo 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, correspondientes a Memoria Explicativa y Ordenanza.
     
    Decreto:


    I. Apruébese la Enmienda N° 1 al Plan Regulador Comunal de Casablanca, conformado por su Ordenanza, cuyo ejemplar forma parte integral del presente decreto. Enmienda que se expone a continuación:
    ENMIENDA  1-2022 A LAS ZONAS ZED Y ZHM-4 DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CASABLANCA
ORDENANZA LOCAL

 
    Artículo 1°:
     
    "Modifícase la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Casablanca, aprobado mediante decreto alcaldicio N° Alcaldicio N° 4.674 de fecha 01.10.2020 y publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 26.10.2020, en la siguiente forma:
     
    1. Reemplácese en el Capítulo IV "Zonificación y Normas Específicas", en el artículo 9° "Normativa Específica por Zona" en el sentido de reemplazar la norma urbanística de altura máxima de edificación de la Zona ZED por las siguientes:
     
"Altura máxima de edificación (m): 12,6 m"   
     
    2. Reemplácese en el Capítulo IV "Zonificación y Normas Específicas", en el artículo 9° "Normativa Específica por Zona" en el sentido de reemplazar la norma urbanística de altura máxima de edificación de la Zona ZHM-4 por las siguientes:
"Altura máxima
de edificación (m)    : 4,2 edificación continua
                      (6 metros de profundidad mínima).
                      10 m edificación aislada
                      detrás del cuerpo de
                      edificación continua.".



    II.- Publíquese por la Secretaría Comunal de Planificación en el Diario Oficial y página web del municipio, el presente decreto.
    III.- Archívese por el Conservador de Bienes Raíces de Casablanca y en la I. Municipalidad de Casablanca.
    IV.- Remítase por parte de la Secretaría Comunal de Planificación, copia oficial del presente decreto y Ordenanza a la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso y a la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    Anótese, comuníquese y archívese.- Francisco Riquelme López, Alcalde.- María Angélica Aguilera Guaico, Secretaria Municipal (S).