MODIFICA SENTIDO DE TRÁNSITO VEHICULAR DE CALLE QUE INDICA
     
    Núm. 2.067 exento.- Curacautín, 30 de agosto de 2022.
     
    Vistos:
     
    1.- Que se hace necesario implementar tránsito unidireccional en calle Dos Norte y Tres Norte entre las calles Uno Oriente y Nueve Oriente de la población Manuel Rodríguez, la primera con sentido oriente a poniente, la segunda con sentido contrario poniente a oriente. Con el objeto de incrementar las condiciones de seguridad y desplazamiento de los automovilistas y peatones, mejorando las condiciones de vida y generando bienestar para nuestros vecinos y vecinas.
    2.- Que la falta de seguridad de automovilistas y/o peatones, el bienestar de vecinos y vecinas, la escasez de estacionamiento, el emplazamiento de establecimientos educacionales y el gran volumen del parque automotriz de nuestra comuna, generan un gran conflicto en las vías mencionadas provocando inseguridad y malestar en la comunidad sobre todo en las personas que habitan cerca de estas calles.
    3.- Los estudios técnicos realizados por el Departamento de Tránsito y Transporte Público, que señalan la factibilidad de realizar el cambio de sentido de tránsito de bidireccional a unidireccional para disminuir la congestión y posibles colisiones para los usuarios de las vías.
    4.- Que la Municipalidad tiene como función principal el tránsito y transporte público dentro de la Comuna y para ello el legislador la ha dotado de facultades entre otras. Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes de acuerdo al Art. 26 letra B) de la ley Nº 18.695 y Art. 5º de la ley Nº 18.695.
    5.- Lo dispuesto en los artículos 3º y 172º de la Ley de Tránsito Nº 18.290, DFL Nº 1.- Santiago, 27 de diciembre de 2007, según lo dispuesto en el artículo 64º de la Constitución Política de la República.
    6.- Las facultades que me confiere el artículo 63º, de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones.
     
    Decreto:


    1.- Modifíquese el actual sentido de tránsito de circulación vehicular de la calle Dos Norte y Tres Norte entre las calles Uno Oriente y Nueve Oriente de la población Manuel Rodríguez, la primera con sentido oriente a poniente, la segunda con sentido contrario de poniente a oriente.
    2.- El Departamento de Tránsito y Transporte Público deberá instalar la señalización y demarcación vial respectiva para identificar el nuevo sentido, según dicta el "M0anual de señalización de tránsito".
    3.- La Unidad de Comunicaciones del municipio será la responsable de que se publiquen los cambios de sentido de tránsito en los medios locales, publicando desde el momento que se dicte este decreto, el Departamento de Tránsito y Transporte realizará los procedimientos para publicar en Diario Oficial por al menos 3 días como lo enmarca el artículo Nº 172 de la ley 18.290.
    4.- El presente cambio de sentido de tránsito comenzará a regir a partir del 26 de septiembre de 2022.
     
    Anótese, comuníquese y archívese.- Víctor Barrera Barrera, Alcalde de la Comuna.- Daniel Olate Arriagada, Secretario Municipal (S).