APRUEBA CAMBIO DE NOMBRE DE CALLES DE LA UNIDAD VECINAL Nº 18 "LOMAS DE MACUL"
Núm. 3.515.- Santiago, 10 de agosto de 2022.
Visto:
1. Ord. DOM Nº 256 de fecha 5 de abril de 2022, informa sobre solicitud de cambio de nombre de las calles a) Suboficial Fabriciano González Urzúa y b) Suboficial Ramón Toro Ibáñez, dispuestas con dicho nombre desde el 08.03.1975 por decreto Nº 25.
2. Citación del Secretario Municipal de fecha 7 de abril de 2022, a la Sesión Nº 3 del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, punto Nº 2 de la Tabla "Pronunciamiento del Cosoc respecto de cambio de nombre de las calles.
3. Certificado del Secretario Municipal, en el cual informa que el Cosoc en su sesión Nº 3 de fecha 12 de abril de 2022, aprobó por unanimidad de sus Consejeros (as) el cambio de denominación de ambas calles.
4. Correo electrónico del Secretario Municipal Sr. Andrés Vásquez Medina, al Alcalde Sr. Gonzalo Montoya Riquelme, solicitando autorización para incorporar en la citación del Honorable Concejo Municipal, el punto referido al Cambio de Nombre de Calles con pronunciamiento de la Dirección de Obras Municipales.
5. Sesión Nº 44 (Ordinaria) de fecha 3 de mayo de 2022, del Concejo Municipal de Macul.
6. El Acuerdo del Concejo Municipal Nº 156 de fecha 3 de mayo de 2022, que acordó aprobar el cambio de denominación de la calle Suboficial Fabriciano González Urzúa por "Tecnóloga Médica Reinalda del Carmen Pereira Plaza".
7. El Acuerdo del Concejo Municipal Nº 157 de fecha 3 de mayo de 2022, que acordó aprobar el cambio de denominación de la calle Suboficial Ramón Toro Ibáñez "Subteniente de Carabineros Daniel Andrés Silva Rodríguez".
8. El decreto alcaldicio Nº 178/2022 de fecha 31 de marzo de 2022, que nombra Administrador Municipal al Sr. Axel Pickett Lazo.
9. El decreto alcaldicio Nº 624/2022 de fecha 4 de abril de 2022, que delega en el Administrador Municipal la facultad de firmar bajo la fórmula "Por orden del Alcalde".
10. El decreto alcaldicio Nº 308/2022 de fecha 23 de mayo de 2022, por medio del cual se fija el orden de subrogancia del Administrador Municipal.
11. El decreto alcaldicio Nº 438/2022 de fecha 14 de julio de 2022, que incorpora al decreto alcaldicio Secc. 2º Nº 308/2022, como tercer subrogante al cargo de Administrador Municipal a don Antonio Andrés Urzúa Corvalán, cédula nacional de identidad Nº 12.865.537-9, Directivo Grado 4º, de Planta Municipal.
Considerando:
1. Lo que indica la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades del año 1988, que Autoriza y Establece los Requisitos para el Cambio de Denominación de un Bien Nacional de Uso Público:
Artículo 5º.- Para el cumplimiento de sus funciones las municipalidades tendrán las siguientes atribuciones esenciales:
Letra c) Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atención a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administración de estos últimos corresponda a otros órganos de la Administración del Estado. En ejercicio de esta atribución, les corresponderá, previo informe del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, asignar y cambiar la denominación de tales bienes. Asimismo, con el acuerdo de los dos tercios de los Concejales en ejercicio, podrá hacer uso de esta atribución respecto de poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales, en el territorio bajo su administración. Las municipalidades podrán autorizar, por un plazo de cinco años, el cierre o la implementación de medidas de control de acceso a calles y pasajes, o a conjuntos habitacionales urbanos o rurales con una misma vía de acceso y salida, con el objeto de garantizar la seguridad de los vecinos. Además, en idénticos términos, se podrá autorizar la implementación de medidas de control de acceso en calles y pasajes que tuvieren un acceso y salida diferentes, y siempre que no se limite ni entorpezca con ello, en forma alguna, el tránsito peatonal y en todo momento se permita el acceso a los vehículos de emergencia, de seguridad pública, de utilidad pública y de beneficio comunitario. Dicha autorización requerirá el acuerdo del concejo respectivo. El plazo se entenderá prorrogado automáticamente por igual período, salvo resolución fundada en contrario de la Municipalidad con acuerdo del Concejo.
Artículo 79.- Al concejo le corresponderá:
Letra k) Otorgar su acuerdo para la asignación y cambio de denominación de los bienes municipales y nacionales de uso público bajo su administración, como asimismo, de poblaciones, barrios y conjuntos habitacionales del territorio comunal previo informe escrito del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.
Decreto:
1. A partir de esta fecha, la calle Suboficial Fabriciano González Urzúa pasa a denominarse "Tecnóloga Médica Reinalda del Carmen Pereira Plaza".
2. A partir de esta fecha, la calle Suboficial Ramón Toro Ibáñez, pasa a denominarse "Subteniente de Carabineros Daniel Andrés Silva Rodríguez".
3. Procédase por la parte de la Dirección de Tránsito y Transporte Público, a cambiar las Señales de Nombre de las Calles correspondientes y por parte de la Dirección de Obras Municipales, a extender los certificados de Cambio de Nombre de Calle.
4. Publíquese por parte de la Dirección de Administración y Servicios Generales, el aviso de prensa correspondiente, en el diario de mayor circulación en el territorio nacional y en el Diario Oficial de la República de Chile, que informen a la comunidad el presente decreto.
5. Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a todas las Direcciones Municipales que corresponda, a la Junta de Vecinos Nº 18 "Lomas de Macul", al Servicio de Correos de Chile, a la 46ª Comisaría de Carabineros de Macul, al Juzgado de Policía Local de Macul, al Servicio de Impuestos Internos, a la 7ª Compañía del Cuerpo de Bomberos Ñuñoa Bomba Macul, a la Policía de Investigaciones de Chile Bicrim Macul, a la Defensa Civil de Chile sede Macul, y a todas los organizaciones e instituciones que proceda.
Anótese, comuníquese y archívese.- Gonzalo Montoya Riquelme, Alcalde.- Andrés Vásquez Medina, Secretario Municipal.