EXTRACTO DE RESOLUCIÓN Nº 2.400 EXENTA, DE 08.09.2022
Mediante resolución exenta Nº 2.400, de 08.09.2022, de la Directora Nacional de Aduanas, se modifica el numeral 10.1 del Capítulo 3, del Compendio de Normas Aduaneras, agregando como literal nn del listado de documentos base para la confección de la respectiva declaración de importación, respecto al ingreso de grupos electrógenos al país, así como aquellos que operarán en zonas sin acceso al Sistema Eléctrico Nacional, el importador deberá adjuntar como documento base el comprobante emitido por el Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT), de la Superintendencia del Medio Ambiente, el cual deberá acreditar el cumplimiento de los límites máximos de emisión o su exclusión del cumplimiento de la norma de emisión.
Estas instrucciones entrarán en vigencia a contar del 16 de septiembre de 2023.
El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas (www.aduana.cl).
Valparaíso, 8 de septiembre de 2022.- Alejandra Arriaza Loeb, Directora Nacional de Aduanas.