NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Núm. 151.- Santiago, 1 de abril de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 N° 10 de la Constitución Política de la República cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N° 100, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del año 2005; en la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería; en el decreto con fuerza de ley N° 1-21.325, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública del año 2022, que fija la planta de personal del Servicio Nacional de Migraciones y regula otras materias que indica; en los artículos 14 y 16 del decreto con fuerza de ley N° 29 del Ministerio de Hacienda del año 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.;en la ley N° 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto ley N° 249, del año 1973, que fija escala única de sueldos para el personal que señala y su legislación complementaria; en la ley N° 21.395, de Presupuestos del Sector Público para el año 2022; en el decreto N° 44, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública del año 2022; los decretos N°s. Decreto 197,
INTERIOR
a)
D.O. 21.09.2022445 y 441, del Ministerio de Hacienda, ambos del año 2022 y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
INTERIOR
a)
D.O. 21.09.2022445 y 441, del Ministerio de Hacienda, ambos del año 2022 y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, conforme con lo dispuesto en el artículo 156 de la ley N° 21.325, el Servicio Nacional de Migraciones es un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
2. Que, mediante decreto N° 44, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se aceptó la renuncia del Director del Servicio Nacional de Migraciones, a contar del 2 de abril de 2022.
3. Que, el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones se encuentra vacante.
4. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso segundo de la norma legal precitada, el servicio antes referido está sujeto a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública establecido en la ley N° 19.882, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica.
5. Que, en relación con lo anterior, el artículo trigésimo sexto bis de la ley N° 19.882, establece que el Presidente de la República puede eximir de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo quincuagésimo séptimo de dicha preceptiva, hasta doce cargos de jefes superiores de servicio que se encuentren afectos al Sistema de Alta Dirección Pública.
6. Que, a través del decreto N° 441, de fecha 29 de marzo del año 2022, del Ministerio de Hacienda, se determinó eximir de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, al cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, de Primer Nivel Jerárquico, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública.
7. Que, mediante el decreto Decreto 197,
INTERIOR
b)
D.O. 21.09.2022N° 445, de fecha 30 de marzo del año 2022, del Ministerio de Hacienda, se estableció porcentaje de 78% de asignación de Alta Dirección Pública para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones.
INTERIOR
b)
D.O. 21.09.2022N° 445, de fecha 30 de marzo del año 2022, del Ministerio de Hacienda, se estableció porcentaje de 78% de asignación de Alta Dirección Pública para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones.
8. Que, atendido todo lo antes expuesto y en uso de las facultades constitucionales y legales que me confiere al ordenamiento jurídico, he resuelto designar en el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones a la persona que más adelante se indica.
Decreto:
1. Nómbrase a don Luis Eduardo Thayer Correa, cédula nacional de identidad N°12.627.882-9, a contar del 2 de abril de 2022, en calidad de titular, en el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, grado 1C de la Escala Única de Sueldos, de la planta directiva del citado organismo, quien por razones impostergables de buen servicio, asumirá sus funciones de inmediato, sin esperar la total tramitación de este decreto.
2. Déjase establecido que don Luis Eduardo Thayer Correa derecho a percibir una asignación de Alta Dirección Pública de un Decreto 197,
INTERIOR
c)
D.O. 21.09.202278%.
INTERIOR
c)
D.O. 21.09.202278%.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo sexagésimo de la ley N° 19.882, el presente nombramiento se extenderá hasta el término del respectivo periodo presidencial, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del artículo quincuagésimo octavo de la antes mencionada preceptiva.
4. Impútese el gasto que demande el presente decreto a la Partida 05, Capítulo 35, Programa 01, Subtítulo 21 "Gastos en Personal" del presupuesto vigente del Servicio Nacional de Migraciones para el año 2022.
Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Izkia Siches Pastén, Ministra del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Manuel Zacarías Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área de Control de Personal de la Administración
Cursa con alcance decreto N° 151, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
N° ES 63357.- Santiago, 13 de septiembre de 2022.
Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto N° 151, de 2022, de la referida cartera de Estado, mediante el cual se nombra a don Luis Eduardo Thayer Correa, en el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, a contar del 2 de abril de 2022, por ajustarse a derecho.
Cabe recordar que mediante el decreto N° 441, de 2022, del Ministerio de Hacienda, el Presidente de la República dispuso que el referido empleo sería eximido de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos, de conformidad con la facultad establecida en el artículo 1°, numeral 5, de la ley N° 20.955, que introdujo el nuevo artículo trigésimo sexto bis a la ley N° 19.882.
Luego, es necesario precisar que, por medio del decreto N° 197, de 2022, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se modifica el precitado decreto N° 151, de 2022, para efectos de establecer que el porcentaje de alta dirección pública para el cargo de que se trata es de un 78%, según lo dispone el decreto N° 445, de 2022 del Ministerio de Hacienda, instrumento que fue tomado razón por este Organismo de Control el 20 de mayo de 2022.
Al respecto, y según lo señalado, entre otros, en el dictamen N° 23.028, de 2018, de este origen, al interesado únicamente le corresponde percibir el mencionado porcentaje de asignación a contar de la fecha en que tomó conocimiento de la total tramitación del aludido decreto N° 445 y no desde la data desde la cual la presente designación ha surtido efecto.
Con el alcance que antecede, se ha dado curso a los instrumentos del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto, Contralor General de la República.