Artículo 1°.- Modifícase el decreto supremo N° 975, del año 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, agregando el siguiente inciso final a la disposición segunda transitoria:
     
    "Sin perjuicio de lo anterior, las carteras de iniciativas que forman parte de los planes vigentes de las regiones de Coquimbo, del Maule y del Biobío tendrán un plazo de ejecución que no podrá exceder de diez años. Igual regla se aplicará a las comunas que pertenecían al Plan de Desarrollo para Territorios Rezagados de la Región del Biobío y que pasaron a formar parte de la Región del Ñuble.".