MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 413 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE LLAMA A POSTULACIÓN INDIVIDUAL O GRUPAL, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA DEL CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS
Santiago, 15 de septiembre de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.229 exenta.
Visto:
1) El DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
2) La resolución exenta Nº 2.007 (V. y U.), de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006 y del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
3) La resolución exenta Nº 413 (V. y U.), de 2022, y sus modificaciones, mediante la cual se realiza un llamado a postulación individual o grupal, para el desarrollo de proyectos de mejoramiento y ampliación de la vivienda, del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, y fija la distribución de recursos para el año 2022, y
Considerando:
1) Que es necesario efectuar modificaciones al llamado citado en el Visto 3), en el sentido de ajustar los recursos del llamado a los montos postulados en la primera selección por región y, además, definir la distribución de montos para la segunda selección.
2) Que, cerrado el primer proceso de postulación del año 2022 del llamado citado en el Visto 3), se procedió a seleccionar a los beneficiarios, de acuerdo a lo señalado en la resolución exenta Nº 413 (V. y U.), de 2022, y en el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, fijándose además los recursos disponibles del Programa.
3) Los correos electrónicos de fechas 18 y 19 de agosto del año 2022, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 413 (V. y U.) de 2022, en el siguiente sentido:
a) Reemplázase la tabla inserta en su resuelvo 5 por la siguiente:

b) Agrégase, a continuación de la tabla que se reemplaza en el literal anterior, los siguientes párrafos y tablas:
"En el caso de las líneas de proyectos de Ampliación, de Atención de Familias con Integrante con Discapacidad o de Atención de Cités o Viviendas Patrimoniales, se deberán evaluar el total de los proyectos postulados, y el monto nacional para seleccionar indicado en la siguiente tabla se distribuirá por región proporcionalmente, según la cantidad de familias que postulen en cada una de las líneas. Para la selección, cada región previamente calculará el puntaje de los proyectos postulados para efectuar su prelación, seleccionando la cantidad de proyectos que alcancen a financiarse con los recursos disponibles, según la distribución señalada precedentemente.

* Del total de recursos de Mejoramiento de la Vivienda a nivel regional se destinará a lo menos un 25% para proyectos de reparación de la envolvente de viviendas con asbesto cemento.
En el caso de Mejoramientos, la revisión se efectuará en base a los recursos con que cuenta cada región, y para determinar la lista de espera se aplicará el 100% de dichos recursos.


En caso de que tras la selección efectuada, exista un saldo de recursos en alguna de las líneas, estos se podrán redistribuir a otra.".
2. Apruébanse las nóminas de beneficiados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al primer proceso de selección del llamado a postulación para el año 2022, para el desarrollo de proyectos del Capítulo Segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, efectuado mediante la resolución exenta Nº 413 (V. y U.), de 2022, las que se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de la presente resolución. Asimismo, fíjase el número de postulantes seleccionados por región, según se indica en la siguiente tabla:

3. Comprométense los recursos disponibles para el primer proceso de selección del llamado a postulación para el año 2022, para el desarrollo de proyectos del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, efectuado mediante resolución exenta Nº 413 (V. y U.), de 2022, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los Servicios de Asistencia Técnica, para los proyectos beneficiados en este proceso, según la distribución por tipo de proyecto y por región, señalados en el siguiente cuadro:


4. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial; y publíquese en un periódico de circulación regional en cada región del país, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, aprobadas por el resuelvo número 2. de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva cédula de identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.