1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.061 (V. y U.), de fecha 25 de agosto de 2022, en el sentido que a continuación se indica:
1.1 Reemplázase la tabla del resuelvo 2., por la siguiente:


1.2 Sustitúyase la tabla del resuelvo 3., por la siguiente:

1.3 Reemplázase el párrafo primero del resuelvo 5., por el siguiente:
"En la modalidad de Barrios Concursables, las propuestas de barrios serán presentadas por los municipios de las comunas habilitadas, según lo indicado en el numeral 2 de la presente resolución, los que podrán presentar sólo un barrio por comuna, conforme al formato entregado para tales efectos. Sin perjuicio de lo anterior, las comunas de Arica, Aysén y Coyhaique podrán, excepcionalmente, postular como máximo dos barrios.".
1.4 Modifícase en el párrafo segundo del resuelvo 5., el guarismo "32" por "34".
1.5 Modifícase en el párrafo primero del resuelvo 7., el guarismo "5" por "14".
1.6 Modifícase en el párrafo primero del resuelvo 8., el guarismo "7" por "21".
1.7 Reemplázase en la tabla del resuelvo 8., los subcriterios dentro del indicador "Cobertura Programa", por los siguientes:

1.8 Reemplázase en la tabla del resuelvo 8., el indicador "Inversiones en ejecución o con RS" y sus subcriterios, por los siguientes:

1.9 Modifícase en el párrafo primero del resuelvo 9., el guarismo "7" por "14".
2. Establécese que la resolución exenta Nº 1.061 (V. y U.), de fecha 25 de agosto de 2022, se mantendrá vigente en todo lo que no ha sido modificado por la presente resolución.