Artículo 2.- Del contenido y destinatarios de las estrategias y lineamientos. Las estrategias reguladas en este reglamento están constituidas por directrices esenciales en las que deberán enfocarse los equipos técnicos en lo relativo al trabajo con las familias de los niños, niñas o adolescentes, con quienes los tengan legalmente a su cuidado y con otras personas relevantes, en todas las etapas de la intervención, las cuales a su vez estarán compuestas por diversos lineamientos consistentes en orientaciones y mecanismos específicos a través de los cuales se hará efectiva la intervención.
    Excepcionalmente, previa resolución judicial del tribunal competente, no se realizará el trabajo con las familias de los niños, niñas o adolescentes o con quienes los tengan legalmente a su cuidado, cuando sea contrario a su interés superior o cuando exista la imposibilidad de trabajar con aquellos, caso en el cual se realizará la intervención con una persona adulta, previamente identificada por el equipo técnico, la que asumirá el rol de soporte emocional y afectivo, mientras se continúa con la búsqueda de una o más personas que constituyan una alternativa familiar estable, teniendo en consideración la opinión del niño, niña o adolescente.