ADecreto 23, SALUD
Art. único
D.O. 30.09.2023rtículo 1. Las disposiciones de este reglamento serán obligatorias para los Eleam que se encuentren en funcionamiento cumplidos 3 años desde su entrada en vigencia, a excepción de lo dispuesto en el literal k) de su artículo 10, lo que aplicará en el plazo de 5 años y se someterán al programa de fiscalización anual de las Seremis de Salud en sus respectivos territorios de competencia.
Art. único
D.O. 30.09.2023rtículo 1. Las disposiciones de este reglamento serán obligatorias para los Eleam que se encuentren en funcionamiento cumplidos 3 años desde su entrada en vigencia, a excepción de lo dispuesto en el literal k) de su artículo 10, lo que aplicará en el plazo de 5 años y se someterán al programa de fiscalización anual de las Seremis de Salud en sus respectivos territorios de competencia.