Artículo 2. Los Establecimientos que, a la fecha de publicación del presente reglamento, estén en proceso de obtención de autorización sanitaria o formen parte del Plan Nacional de Regularización "Acompañamiento a Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores, sin Autorización Sanitaria", del Senama, se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 1º transitorio precedente.