EXTRACTO

    Por Decreto MOP. (Exento) Nº681, de 25 de agosto de 2022, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 10º letra c), 14º letra e) y 105º del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP Nº206 de 1960, se expropió el lote de terreno Nº 1, para la obra: SERVICIO SANITARIO RURAL SAN PEDRO, que figura a nombre de OLIVARES OJEDA GUILLERMO ANTONIO, rol de avalúo 1325-46, Comuna de QUILLOTA, REGIÓN DE VALPARAÍSO, superficie 567 m2. La Comisión de Peritos integrada por CAROLINA CLAUDIA VERDEJO DÍAZ, PATRICIA VERÓNICA ZAVALA CONTRERAS y JUAN ANDRES TEPPER LAVANDEROS, mediante informe de tasación de 24 de julio de 2022, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $2.851.200, para el lote Nº1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº2186, de 1978.

 
    Fiscalía MOP.