FIJA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO DE LA REGIÓN DE AYSÉN Y DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 43 EXENTO, DE 2020 DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
    Núm. 29 exento.- Santiago, 8 de julio de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en los artículos 7 y 81 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el artículo 62 del decreto con fuerza de ley 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto supremo Nº 43, de 2020, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el oficio ordinario Nº 415, de 2022, del Delegado Presidencial Regional de la Región de Aysén, y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que, el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en sus artículos 4, inciso final, 80, y 81, dispone las normas en materias de subrogación, siendo este último el que faculta a la autoridad para efectuar el nombramiento y determinar otro orden de subrogación en los siguientes casos: a) En los cargos de exclusiva confianza, y b) Cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes.
    2. Que, mediante decreto exento Nº 43, de 28 de febrero de 2020, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se estableció el orden de subrogancia de la Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de Aysén.
    3. Que, de acuerdo con lo expuesto precedentemente y por razones de buen servicio, se ha estimado pertinente establecer un nuevo orden de subrogación del cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de Aysén.
     
    Decreto:

    Artículo primero: Fíjese, a contar del 8 de julio de 2022, que en caso de ausencia o impedimento del titular del cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de Aysén, el siguiente orden de subrogación:
     
    1. Primera subrogancia: Secretario/a Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Aysén.
    2. Segunda subrogancia: Secretario/a Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Aysén.
    3. Tercera subrogancia: Secretario/a Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de Aysén.
     

    Artículo segundo: Que, por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto surtirá sus efectos a contar desde esta fecha, sin esperar su total tramitación.
     



    Anótese, comuníquese, regístrese en esta repartición pública y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.- Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- María Heloísa Rojas Corradi, Ministra del Medio Ambiente.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Montserrat Castro Hermosilla, Subsecretaria de Economía y Empresas de Menor Tamaño (S).