ESTABLECE SUBROGACIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL Y DEJA SIN EFECTO ACTO QUE INDICA
    Núm. 2.923 exento.- Santiago, 5 de octubre de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en los artículos trigésimo quinto y quincuagésimo noveno de la ley Nº 19.882, que Regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; el párrafo 4º del Título III de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y modifica diversos cuerpos legales; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por Orden del Presidente de la República"; los dictámenes Nos 64.860 de 2016, y 7.961 de 2018, ambos de la Contraloría General de la República; el decreto supremo Nº 1.307, de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y la resolución Nº 6 de 2019, de Contraloría General de la República;
     
    Considerando:
     
    1. Que, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es un entidad cuya misión institucional resulta especialmente relevante, al ser su objetivo principal de acción la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol, y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial , en la elaboración de una estrategia nacional de drogas y alcohol.
    2. Que, es un principio de la función pública la continuidad del servicio, por lo que resulta necesario establecer un nuevo orden de subrogación del cargo de Director Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, en caso de ausencia, impedimento temporal u otras causas.
    3. Que, mediante decreto exento Nº 1.734, de 28 de abril de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se estableció un orden de subrogación respecto del cargo de Director Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
    4. Que, en conformidad con el artículo quincuagésimo noveno de la ley Nº 19.882, y no obstante lo establecido en el artículo 80 del Estatuto Administrativo, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento de los jefes superiores de servicios afectos al Sistema de Alta Dirección Pública podrá determinar para ellos otro orden de subrogación, para lo cual sólo podrá considerar funcionarios que sirvan cargos de segundo nivel jerárquico, nombrados conforme al Sistema de Alta Dirección Pública.
    5. Que, en conformidad con la planta del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, fijada mediante el decreto con fuerza de ley Nº 1-20.502, de 2011, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, existen cuatro cargos de jefe de división que pertenecen al segundo nivel jerárquico y que, en calidad de tal, son seleccionados a través del sistema de Alta Dirección Pública.     
    6. Que, de acuerdo con el criterio del dictamen Nº 64.860, de 2016, de la Contraloría General de la República, la facultad contenida en el numeral 22 del artículo 1º del decreto Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, relativa al establecimiento o modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza, alcanza a los cargos de Alta Dirección Pública, cuyo nombramiento corresponde al Presidente de la República.
     
    Decreto:

     
    1. Establézcase el nuevo orden de subrogación legal para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, en caso de ausencia o impedimento por cualquier causa de su titular:
     
    Primer Subrogante: Directora Regional de la Dirección Regional de Magallanes, grado 4º E.U.S. de la Planta Directiva del Servicio.
    Segundo Subrogante: Jefe Titular de la División Programática, Jefe División, grado 3º E.U.S. de la Planta Directiva del Servicio.
     
    2. La subrogación prevista anteriormente, solo podrá ser asumida si dicho cargo es desempeñado por el personal titular del segundo nivel jerárquico de la planta directiva del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, nombrado a través del Sistema de Alta Dirección Pública.
    3. Por razones impostergables de buen servicio, el presente acto administrativo regirá a contar de esta fecha, sin esperar su total tramitación.
    4. Déjase, sin efecto, a contar de esta fecha el decreto exento Nº 1.734 de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    5. Remítase, una copia del presente decreto exento a la Dirección Nacional del Servicio Civil.


    Anótese, publíquese y regístrese.- Por orden del Presidente de la República, Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Manuel Zacarías Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior.