Primero: Modificase la resolución exenta Nº 160, de 2021, de la Subsecretaria de Servicios Sociales, que Aprueba Formato y Guía de Aplicación de la Ficha Básica de Emergencia, en el sentido de sustituir el segundo punto de la letra c) del Nº 3 del acápite VI denominado Proceso de Encuestaje, del artículo segundo, por el siguiente:
. En el apartado "C.I/Documento de Identidad", se deberá incorporar el número de cédula de identidad u otro documento que identifique a la persona entrevistada o declarada por el informante.
. Si el integrante es chileno, se deberá registrar el RUN.
. Si el integrante es extranjero con RUN, se deberá registrar el RUN.
. Si el integrante es extranjero sin RUN, se deberá registrar el número de su documento de identidad o pasaporte del país de origen.
. Si el integrante es un recién nacido sin RUN, se podrá dejar el campo en blanco.