ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA ADOPTADO POR LA COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº 31 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Nacionales, publicado en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2009, y en el Acuerdo Nº 32 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Extranjeros Representativos de Capital, publicado en el Diario Oficial el 8 de enero de 2009.
La Comisión Clasificadora de Riesgo en su 483ª reunión ordinaria acordó lo siguiente:
A. EMISORES NACIONALES:
1. Aprobar las cuotas del siguiente fondo de inversión:
– BTG Pactual Brasil Index Fondo de Inversión
2. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo de inversión, debido a que no cuenta con activos por un monto igual o superior a los US$20 millones:
– Fondo de Inversión iFund MSCI Brazil Small Cap Index
3. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo, en consideración a su absorción por el Fondo Mutuo Bci Depósito Efectivo:
– Fondo Mutuo Bci Express
4. En virtud de lo establecido en el artículo 105, del DL Nº 3.500 de 1980, solicitar a Securitizadora Sudamericana S.A. una tercera clasificación de riesgo de la Serie BA Preferente de su 2º Patrimonio Separado, inscrito en el Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero bajo el Nº 383, el 21 de septiembre de 2004.
B. EMISORES EXTRANJEROS:
1. Aprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros:


2. Aprobar los siguientes títulos representativos de índices financieros:

3. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo extranjero, en consideración a que su propiedad se encuentra concentrada:

4. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros, debido a que no cuentan con activos por un monto igual o superior a los US$100 millones:

5. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros, en atención a la solicitud de su administrador:

6. Mantener la aprobación de las cuotas de los fondos mutuos extranjeros y títulos representativos de índices financieros administrados por entidades de PIMCO Group, retirando el estado de aprobación sujeta a lo establecido en el artículo 110 del DL Nº 3.500 de 1980.
7. Aprobar los vehículos de inversión y las operaciones de coinversión, en el activo alternativo específico indicado, administrados por los siguientes gestores:

8. Desaprobar los vehículos de inversión y las operaciones de coinversión en Capital Privado y Deuda Privada administrados por Siguler Guff, en atención a la solicitud de su administrador.
9. Desaprobar los vehículos de inversión y las operaciones de coinversión administrados por los siguientes gestores, en el activo alternativo específico indicado, en consideración a que no fue renovada la respectiva solicitud de aprobación:
10.Asimismo, la Comisión tomó nota de los cambios de nombre experimentados por distintos emisores extranjeros con instrumentos aprobados, los cuales se individualizan en su sitio web: www.ccr.cl.
C. MANTENER ACUERDO VIGENTE SOBRE INSTRUMENTOS DE OFERTA PÚBLICA
En lo no modificado por las letras A y B anteriores, la Comisión mantuvo el Acuerdo vigente relativo a instrumentos financieros de oferta pública adoptado en su 482ª reunión ordinaria, celebrada el 29 de septiembre de 2022, y publicado en el Diario Oficial el 1° de octubre de 2022.
El presente acuerdo deberá ser considerado para el efecto de determinar la diversificación de las inversiones que se realicen con los recursos de los Fondos de Pensiones, según el DL Nº 3.500 de 1980.
Santiago, 27 de octubre de 2022.- Alejandro Muñoz Valdés, Secretario.
Publicación disponible en el sitio web de la Comisión Clasificadora de Riesgo: www.ccr.cl