MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.440 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE LLAMA A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA CONSTRUIDA O PARA LA ASOCIACIÓN O ADSCRIPCIÓN A UNA VIVIENDA DE LA NÓMINA DE OFERTA, EN LAS REGIONES QUE INDICA, Y FACULTA LA HOMOLOGACIÓN DE SUBSIDIOS VIGENTES NO PAGADOS, OTORGADOS POR LOS LLAMADOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, ALTERNATIVA INDIVIDUAL, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Santiago, 11 de noviembre de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.533 exenta.
Vistos:
a) El DS N° 49 (V. y U.) de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta N° 1.440 (V. y U.), de 2022, que llama a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual, para operaciones de Adquisición de Vivienda Construida o para la asociación o adscripción a una vivienda de la nómina de oferta, en las regiones que indica, y faculta la homologación de subsidios vigentes no pagados, otorgados por los llamados del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, alternativa individual, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y
Considerando:
1. Que, en el cuarto inciso del Resuelvo 5., de la resolución citada en el Visto b), se definió como fecha límite de acreditación del ahorro mínimo requerido para el Llamado el día 31 de octubre de 2022, siendo ese día feriado legal.
2. Que, además, en la identificación del valor máximo de las viviendas a adquirir, en el tercer inciso del Resuelvo 11, de la resolución citada en el párrafo precedente, se omitió la Región del Maule.
3. Que para asegurar condiciones adecuadas de postulación para todas las personas participantes de este llamado es necesario modificar la resolución exenta N° 1.440 (V. y U.), de 2022, en ambos aspectos.
4. Los correos electrónicos de fecha 4 y 10 de noviembre de 2022, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de División de Política Habitacional y la Jefa de División Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución exenta N° 1.440 (V. y U.), de 2022, en el siguiente sentido:
a. Reemplázase en el inciso cuarto del Resuelvo 5. la fecha "31 de octubre de 2022" por "28 de octubre de 2022".
b. Intercálase en el inciso tercero del Resuelvo 11., entre los vocablos "O'Higgins" y "Ñuble", la palabra "del Maule,".
2. Establécese que la resolución exenta N° 1.440 (V. y U.), de 2022, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.