OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE PUCHUNCAVÍ
    Santiago, 13 de octubre de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 820 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
    c) La Ley Nº 20.433, de 2010, Crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana y sus modificaciones;
    d) El decreto supremo Nº 122, de 2010, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprobó el Reglamento de la ley Nº 20.433;
    e) El decreto supremo Nº 126, de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
    f) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
    g) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
    h) La resolución exenta Nº 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fijó Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora;
    i) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
    j) La resolución exenta Nº 334, de 19.02.2020, modificada por resolución exenta Nº 1.997, de 26.10.2020, ambas de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2020.
     
    Considerando:
     
    a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial Nº 42.553, de 15.01.2020, rectificado por resolución exenta Nº 527, de 18.03.2020;
    b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 298.135, de 03.12.2020;
    c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum Nº 1.896/C, de 21.10.2021;
    d) La resolución exenta Nº 236, de 27.01.2022, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana, para la comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, a Centro Cultural, Deportivo de Capacitación, Preventivo de Alcoholismo, Drogadicción y Educacional, Cedecpe;
    e) La oposición deducida por don César Ramos Silva, en representación de Centro Cultural, Social y de Comunicaciones Almendral y doña Orielle Parentti Luan, en representación de Centro Cultural, Deportivo de Capacitación, Preventivo de Alcoholismo, Drogadicción y Educacional, Cedecpe, en contra de la resolución de asignación antes citada, mediante ingreso Subtel Nº 47.648, de 18.03.2022;
    f) La resolución exenta Nº 2.154, de 13.07.2022, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que acoge la oposición y modifica la frecuencia asignada a 106,7 MHz; y, en uso de mis atribuciones,
     
    Decreto:

     
    1.- Otórgase una concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana, para la comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, a Centro Cultural, Deportivo de Capacitación, Preventivo de Alcoholismo, Drogadicción y Educacional, Cedecpe, RUT Nº 65.218.250-K, con domicilio en Pasaje Las Magnolias Nº 45, Las Ventanas, comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, en adelante la concesionaria.
    2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
    3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión comunitaria ciudadana, señal distintiva XQJ-318, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
     
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN                                     
- Tipo de servicio        : Radiodifusión Comunitaria
                            Ciudadana.
- Zona de servicio        : Comuna de Puchuncaví,
                            Región de Valparaíso.
                            Superficie delimitada
                            por una intensidad de
                            campo mayor o igual que
                            74 dB (µV/m), referida
                            al punto de emisión
                            de la señal.
- Período de la concesión  : 10 años.
- Plazo inicio de obras    : 5 días.
- Plazo término de obras  : 15 días.
- Plazo inicio de
  transmisiones            : 60 días.
- Potencia máxima radiada  : 25 W.
- Frecuencia              : 106,7 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión          : 180KF8EHF.
- Desviación máxima        : +75 kHz.
- Diagrama de Radiación    : Direccional.
- Ganancia                : 1,38 dBd de ganancia máxima.
- Polarización            : Vertical.
- Tipo de antena          : Dipolo.
- Nº Antena                : 1.
- Altura del centro
  de radiación            : 18 m.
- Arreglo de antena de acuerdo a la siguiente tabla:
- Largo de cable alimentador: 21,1 m.
- Pérdidas en cables, conectores y otros: 1 dB.
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
    Sin perjuicio de la potencia máxima radiada de 25 W autorizada a esta concesión, en cuanto elemento de su esencia, y a fin de cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4º de la ley 20.433, la concesionaria deberá operar con una potencia máxima en el transmisor de 15 W, atendidas la actual ubicación de su planta transmisora y demás instalaciones y el conjunto de las restantes características técnicas del sistema radiante autorizadas en el presente decreto.

UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
                                                                             
- Ubicación del Estudio,
  Planta Transmisora y
  Sistema Radiante            : Pasaje Las Magnolias Nº 45,
                                Las Ventanas, comuna de
                                Puchuncaví, Región de
                                Valparaíso.
- Coordenadas Geográficas      : 32º 44' 24'' Latitud Sur.
                                71º 29' 08'' Longitud Oeste.
                                Datum WGS84.
    4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, que corresponden a días hábiles, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
    5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
    6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado.
    7.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 13º y 14º de la ley Nº 20.433, la concesionaria podrá difundir menciones comerciales, para lo cual deberá estar inscrita en el registro especial creado al efecto por la Subsecretaría, en cuyo caso se encontrará afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico.
    8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.