Primero: Modifícase la resolución exenta Nº625, de 2020, de la Subsecretaría del Trabajo, en el siguiente sentido:
     
    1) Modifícase del título I. Glosario, lo siguiente:

    a) Reemplázase del romanillo (iv) "Bonificación mensual para el cuidado de niños o niñas menores de dos años de edad y entre dos años y menores de cinco años", la frase "30 de septiembre" por "31 de diciembre".
    b) Reemplázase del romanillo (vi bis) "Nuevo IFE Laboral", la frase "iniciadas en" por "iniciadas a partir de".
     
    2) Modifícase del título V) "De la bonificación para el cuidado de niños y niñas menores regulados en las letras A y B, del numeral 3, de la letra c), del artículo tercero del decreto Nº28", lo siguiente:
     
    a) Reemplázase en la letra b.- "Plazo de otorgamiento de esta bonificación" la frase "30 de septiembre" por "31 de diciembre".
    b) Agréganse en la letra e.- "Período de postulación y otorgamiento del beneficio", las siguientes filas a continuación de las últimas de los recuadros de calendarización de los literales siguientes:
     
    1. A) Beneficiarios para el cuidado de niños/as menores de dos años
   
    2. B) Beneficiarios para el cuidado de niños/as entre dos y menores de cinco años
   
    c) Incorpórese en el inciso cuarto de la letra e.- "Período de postulación y otorgamiento del beneficio", entre las palabras "resolverá" y "el", la siguiente frase: ", dentro del plazo de 20 días hábiles administrativos,".
     
    3) Modifícase del título VI, letra B) "Nuevo IFE Laboral", lo siguiente:
     
    a) Reemplázase la letra b) por la siguiente: "b) El plazo de otorgamiento de esta bonificación.
    Este beneficio se devengará por un máximo de tres meses, sin que dicho devengo pueda exceder del 31 de diciembre de 2022, en virtud de relaciones laborales iniciadas a partir de julio de 2022.
    Las personas que hayan postulado a Nuevo IFE Laboral durante los meses de agosto y septiembre de 2022 accederán a dicha bonificación hasta octubre y noviembre, respectivamente".
    b) Reemplázase en el inciso primero de la letra e) donde aparezca la frase "30 de septiembre" por "31 de diciembre".
    c) Agréganse en el inciso primero de la letra e) las siguientes filas a continuación de las últimas del recuadro de calendarización:
   
    d) Incorpórese en el inciso quinto de la letra e) "Período de postulación y otorgamiento del beneficio", entre las palabras "resolverá" y "el", la siguiente frase: ", dentro del plazo de 20 días hábiles administrativos,".
    e) Reemplázase de la letra f) "Pago beneficio", en su inciso segundo, la frase "30 de septiembre" por "31 de diciembre".