Tercero: En lo no modificado por la presente resolución queda plenamente vigente lo dispuesto en la resolución exenta Nº625, de 2020, de la Subsecretaría del Trabajo, en la medida que no sea contradictorio con lo dispuesto en esta resolución y en el decreto Nº28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.