1. Modifíquese el Título IV, Numeral 11.5.4.5 de la resolución 2.082/2022, agregando el siguiente texto a continuación del punto: "En el caso de programas de control oficial de plagas y enfermedades, el Servicio podrá establecer por resolución fundada los niveles de eficacia que deberán demostrar los plaguicidas sujetos de registro.".
    2. Modifíquese el Título IV, Numeral 13.5.4.5 de la resolución 2.082/2022, agregando el siguiente texto a continuación del punto: "En el caso de programas de control oficial de plagas y enfermedades, el Servicio podrá establecer por resolución fundada los niveles de eficacia que deberán demostrar los plaguicidas sujetos de registro.".
    3. Modifíquese el Título IV, Numeral 15.5.4.4 de la resolución 2.082/2022, agregando el siguiente texto a continuación del punto: "En el caso de programas de control oficial de plagas y enfermedades, el Servicio podrá establecer por resolución fundada los niveles de eficacia que deberán demostrar los plaguicidas sujetos de registro.".
    4. Modifíquese el Título X, numeral 30 de la resolución 2.082/2022, en lo siguiente: donde dice dos (2) años, cámbiese por tres (3) años.