RECTIFICA RESOLUCIÓN N° 40/2022 EXENTA MINISTERIAL, DE 5 DE DICIEMBRE DE 2022, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA PARCIAL DEL DECRETO SUPREMO N° 33, DE 2022, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, CONFIERE TRASLADO A LOS INTERESADOS Y CONCEDE AUDIENCIA
Núm. 42 exenta.- Santiago, 13 de diciembre de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, en adelante "LBPA"; en el decreto ley N° 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018 de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1982, de Minería, en adelante, Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores; decreto supremo N° 33, de 22 de abril de 2022, se otorga a Besalco Transmisión SpA concesión eléctrica definitiva para establecer el Tramo 1 del proyecto denominado "Línea 2x110 kV By Pass San Rafael", en la Región de Valparaíso, provincia de Los Andes, comunas de Los Andes y Calle Larga, en adelante "decreto N° 33"; en la resolución exenta Ministerial N° 40/2022, de 5 de diciembre de 2022, del Ministerio de Energía, que inicia procedimiento de invalidación parcial del decreto supremo N° 33, de 2022, del Ministerio de Energía, confiere traslado a los interesados y concede audiencia, en adelante "resolución N°40"; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, mediante decreto N° 33 este Ministerio otorgó a Besalco Transmisión SpA concesión eléctrica definitiva para establecer el Tramo 1 del proyecto denominado "Línea 2x110 kV By Pass San Rafael", en la Región de Valparaíso, provincia de Los Andes, comunas de Los Andes y Calle Larga.
2. Que, don Sebastián Rodoni Palma, en representación de don Mauricio Andrés Quiroz Ahumada, mediante presentación ingresada con fecha 14 de noviembre de 2022 en oficina de partes de la Subsecretaría de Energía, solicitó a este Ministerio, en lo principal, la invalidación parcial del decreto N° 33.
3. Que, mediante resolución N° 40, este Ministerio dio inicio al procedimiento administrativo de invalidación parcial del decreto supremo N° 33, confirió traslado al interesado Besalco Transmisión SpA y concedió audiencia a los interesados para el día 4 de enero de 2023.
4. Que, sin perjuicio de lo anterior, por un error involuntario de transcripción, esta Secretaría de Estado detectó una omisión en cuanto a obviar los imperativos "Anótese, comuníquese, publíquese y archívese" del acto administrativo indicado en el considerando anterior.
5. Que, en ese sentido, y en base al artículo 62 de la LBPA este Ministerio viene a dictar el siguiente acto rectificatorio.
Resuelvo:
Artículo 1°: Rectifíquese la resolución exenta Ministerial N° 40/2022, de 5 de diciembre de 2022, del Ministerio de Energía, que inicia procedimiento de invalidación parcial del decreto supremo N° 33, de 2022, del Ministerio de Energía, confiere traslado a los interesados y concede audiencia; incluyendo luego del último resuelvo, los imperativos "Anótese, comuníquese, publíquese y archívese".
Artículo 2°: En todo lo no rectificado expresamente por el presente acto administrativo, seguirán vigentes todas y cada una de las disposiciones de la resolución exenta ministerial N° 40/2022, de 2022, del Ministerio de Energía.
Anótese, notifíquese, publíquese y archívese.- Diego Gonzalo Pardow Lorenzo, Ministro de Energía.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., María Fernanda Riveros Inostroza, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía.