La presente ley aprueba el Presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2023 de nuestro país. Fija y limita el gasto de la Nación y establece formas de utilización.
    Artículo 35.- Durante el año 2023, la suma de los montos involucrados en operaciones de cobertura de riesgos financieros que celebren las entidades autorizadas en el artículo 5 de la ley N° 19.908, no podrá exceder de US$4.000.000 miles o su equivalente en moneda nacional. Tales operaciones se deberán efectuar con sujeción a lo dispuesto en la citada norma legal.