1. Modifícase la resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de 2022, en el siguiente sentido:
a. Reemplázase en el resuelvo 2., la expresión "10 de noviembre y 15 de diciembre," por la expresión "10 de noviembre, 15 de diciembre y 27 de diciembre,".
b. Modifícase el resuelvo 5. "De la Postulación", según se indica:
b.1 Agrégase, en el numeral 5.3, a continuación del punto final, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente:
"Para la acreditación antes referida, tratándose de un terreno perteneciente al Serviu, podrá presentarse carta del Director o Directora del Serviu que acredite el compromiso de la entrega del terreno en comodato a la Persona Jurídica, de resultar seleccionada en el Llamado correspondiente.".
b.2 Reemplázase el párrafo ii. de la letra a), del numeral 5.5, por el siguiente:
"ii. Contrato de promesa de compraventa suscrito ante Notario, cuando corresponda, acompañado de copia de la inscripción de dominio a nombre del promitente vendedor, con certificado de vigencia y certificado de hipotecas y gravámenes, de interdicciones y prohibiciones y litigios pendientes de 30 años. En los casos en que el postulante sea un Municipio, en reemplazo del Contrato de Promesa de Compraventa, se podrá presentar un Certificado Municipal de disponibilidad presupuestaria, que se refiera de manera expresa al terreno objeto de la postulación y que considere el resguardo de recursos para el presupuesto del año 2023 en un monto equivalente al valor de terreno".
b.3 Agrégase en el párrafo i. de la letra b), del numeral 5.5., a continuación del punto final, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente:
"En los casos en que el postulante sea un Municipio, en reemplazo del Contrato de Promesa de Compraventa, se podrá presentar un Certificado Municipal de disponibilidad presupuestaria, que se refiera de manera expresa al terreno objeto de la postulación y que considere el resguardo de recursos para el presupuesto del año 2023 en un monto equivalente al valor de terreno".
b.4 Elimínase el párrafo x) de la letra b), del numeral 5.5., pasando el párrafo xi) a ser x).
2. Establécese que la resolución exenta Nº 855 (V. y U.), de 2022, y sus modificaciones, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.