MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 1.313 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL D.S. N° 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS CON AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA E INDUSTRIALIZACIÓN, EN EL SENTIDO QUE SEÑALA
    Santiago, 15 de diciembre de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.742 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta N° 1.313 (V. y U.), de fecha 6 de octubre de 2022, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos con autoconstrucción asistida e industrialización, y
     
    Considerando:
     
    a) La necesidad de incluir ajustes y aclaraciones en el llamado a concurso efectuado por la resolución indicada en el Visto b), incorporando flexibilidades en condiciones técnicas, de ingreso y cierre.
    b) Los correos electrónicos de fechas 7 y 14 de diciembre de 2022, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica, respectivamente, ambos de Vivienda y Urbanismo, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
     
    Resolución:
     
    1. Modifícase la resolución exenta N° 1.313 (V. y U.), de 2022, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplazar en su Resuelvo 3 la fecha "15 de diciembre", por "27 de diciembre";
    b) Eliminar de su Resuelvo 4, el siguiente texto:
     
    "Para participar de cada cierre, además de contar con el Certificado de Calificación respectivo, se requerirá haber ingresado el proyecto al Serviu, a lo menos 14 días hábiles antes de cada fecha indicada en el resuelvo 3 de esta resolución, lo que constará en el respectivo Certificado de Proyecto Ingresado.".
     
    c) Agregar en el inciso final del Resuelvo 6., a continuación de su punto final (.) que pasa a ser coma (,) la frase "considerándose cumplidas las exigencias del estándar técnico de las viviendas, señaladas en el artículo 43 del DS N° 49, referidas a las características, superficies, dimensiones y espacios de separación mínimos indicados en el Cuadro Normativo de Proyectos Habitacionales y Tabla de Espacios de Usos Mínimos para el Mobiliario.".
    d) Agregar al final del segundo inciso del resuelvo 11, a continuación su punto final (.), que pasa a ser coma (,) la frase "en lo que corresponda".
     

    Anótese, publíquese y archívese.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Ministra de Vivienda y Urbanismo (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).